alexis0048 escribió:el BCRA estableció que partir del día 12/09/2019 será requisito para el acceso al mercado de cambios para la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes dentro de los límites mensuales establecidos (U$S 10.000.- en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios), la presentación de una declaración jurada por parte del cliente respecto a que los fondos comprados no serán destinados a la compra en el mercado secundario de títulos valores dentro de los 5 días hábiles a partir de la fecha de liquidación de dicha operación de cambio.
La cnv esta analizando otra medida, tiene q ver con la compra de bonos para el rulo,habria q tenerlos 5 dias en cartera , luego de comprarlos, y antes de hacer el rulo. Años atras, eran 72 hs habiles, existia esta limitacion. Si lo hacen,ahi si que chau rulo...