PGR Phoenix Global Resources (ex AEN Andes Energía)
Re: AEN Andes Energía
Pasaremos a ser accionistas de otra empresa mucho más grande, de la cual aun no sabemos el nombre. Acá está la explicación:
What is a 'Reverse Takeover - RTO'
A reverse takeover (RTO) is a type of merger that private companies use become publicly traded without resorting to an initial public offering (IPO). Initially, the private company buys enough shares to control a publicly traded company. The private company's shareholder then uses its shares in the private company to exchange for shares in the public company. At this point, the private company has effectively become a publicly traded company. An RTO is also known as a reverse merger or a reverse IPO.
BREAKING DOWN 'Reverse Takeover - RTO'
With this type of merger, the private company does not need to pay the expensive fees associated with arranging an IPO. However, the company does not acquire any additional funds through the merger, and it must have enough funds to complete the transaction on its own.
While not a requirement of an RTO, the name of the publicly traded company involved is often changed as part of the process. Additionally, the corporate restructuring of one or both of the merging companies are adjusted to meet the new business design.
It is not uncommon for the publicly traded company to have had little, if any, recent activity, existing as more of a shell corporation. This allows the private company to shift its operations into the shell of the public entity with relative ease, all while avoiding the costs, regulatory requirements and time constraints associated with an IPO. While a traditional IPO may require months or years to complete, an RTO may be complete within weeks.
What is a 'Reverse Takeover - RTO'
A reverse takeover (RTO) is a type of merger that private companies use become publicly traded without resorting to an initial public offering (IPO). Initially, the private company buys enough shares to control a publicly traded company. The private company's shareholder then uses its shares in the private company to exchange for shares in the public company. At this point, the private company has effectively become a publicly traded company. An RTO is also known as a reverse merger or a reverse IPO.
BREAKING DOWN 'Reverse Takeover - RTO'
With this type of merger, the private company does not need to pay the expensive fees associated with arranging an IPO. However, the company does not acquire any additional funds through the merger, and it must have enough funds to complete the transaction on its own.
While not a requirement of an RTO, the name of the publicly traded company involved is often changed as part of the process. Additionally, the corporate restructuring of one or both of the merging companies are adjusted to meet the new business design.
It is not uncommon for the publicly traded company to have had little, if any, recent activity, existing as more of a shell corporation. This allows the private company to shift its operations into the shell of the public entity with relative ease, all while avoiding the costs, regulatory requirements and time constraints associated with an IPO. While a traditional IPO may require months or years to complete, an RTO may be complete within weeks.
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lalobranca
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Re: AEN Andes Energía
A todos los q estamos comprados en AEN, paciencia y calma en esta, parece una parada brava, pero ojo que puede ser muy buena, apostamos y el que apuesta, puede ganar o perder.
Los que la miran de afuera y se mofan y burlan de los comprados, les deseo suerte.
Buenas inversiones a todos, me llamo a silencio hasta nuevas noticias.
Salud!
Los que la miran de afuera y se mofan y burlan de los comprados, les deseo suerte.
Buenas inversiones a todos, me llamo a silencio hasta nuevas noticias.
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Re: AEN Andes Energía
Yo como accionista NO VOY A APROBAR la venta si es BARATA.
SEPANLÓ!!
SEPANLÓ!!
Re: AEN Andes Energía
Alan123 escribió:Jajaja . Ahora hablando enserio esto es una de las siguientes dos probabilidades:
Esto es un empome monumental, se inflo el precio de la acción para luego vender la empresa mas cara ( pero por debajo de la cotización de mercado).
O
La segunda (y la que queremos todos obviamente:) AEN tiene propiedades que dentro de poco pueden ser muy valiosas por lo tanto Mercuria se quiere adelantar y comprar la empresa. En vista de esto, con un gigante como Mercuria como nuevo propietario de la empresa y con la capacidad de inversión que este tiene la acción tendría volar a la estratosfera.
Solo nos queda esperar.
Pueden ser las dos juntas como pasó con Indupa. Compran a dos mangos y saben el potencial que tiene, entonces podrían asustan al principio, licuan, ofrecen dos mangos y después sacan mayor tajada de las ganancias por esos terrenos productivos.
Ojalá sea la segunda con todos ustedes adentro y capaz conmigo si abre con buenas noticias.
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GonzaTerco
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Re: RE: Re: AEN Andes Energía
ferq22 escribió:http://m.londonstockexchange.com/exchan ... 77892.html
Ahí está el comunicado original que se mando al LSE y no dice nada de comprar a menor valor, y ni remotamente tira los 400 mill que hablas. Deja de hacer traducciones "literales" y mandar fruta.
Enviado desde mi S50 mediante Tapatalk
Eso es lo que dijo el FT y solo ellos, no quieren decir que tengan razón.
Re: AEN Andes Energía
ElFantasmadelaB escribió:A mí me convence más la segunda.....(obvio puede fallar)....pero me parece que la segunda es la correcta....SOLO QUEDA ESPERAR
vos quedate tranqui, voy a ir a tu asado y te voy a llevar un buchanans solo para vos y para mi, con unos cohiba esplendidos, traidos personalmnete (los originales).
Re: AEN Andes Energía
Buenos dias
les pregunto lo siguiente, por que seguramente pueden saber mas que yo, pero si el potencial que hay en vaca muerta es tan grande como lo anuncian tdo el tiempo, porque la exploracion viene en caida, al igual que la produccion de petroleo, algo de relacion tambien tendria el despido de personal, si no hay actividad o es reducida. Se me ocurre que si la actividad no crece por distintos factores, no creo que tampoco despierte demasiado interes en otras empresas de afuera, las que estan le buscaran la vuelta, y solo sabran ellos hasta donde el negocio es rentable, pero reducido.
YPF viene con resultados a perdida, no es poca cosa, se esta dando oportunidad a la importacion
les pregunto lo siguiente, por que seguramente pueden saber mas que yo, pero si el potencial que hay en vaca muerta es tan grande como lo anuncian tdo el tiempo, porque la exploracion viene en caida, al igual que la produccion de petroleo, algo de relacion tambien tendria el despido de personal, si no hay actividad o es reducida. Se me ocurre que si la actividad no crece por distintos factores, no creo que tampoco despierte demasiado interes en otras empresas de afuera, las que estan le buscaran la vuelta, y solo sabran ellos hasta donde el negocio es rentable, pero reducido.
YPF viene con resultados a perdida, no es poca cosa, se esta dando oportunidad a la importacion
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hernan2810
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Re: AEN Andes Energía
Para esclarecer un poco los términos :
Seguro que al menos te suenan este tipo de operaciones que pueden producirse en el marco de una combinación de negocios. A continuación podrás comprobar que se trata de un tipo de operación fácil de entender y aun más sencilla de contabilizar.
Se conoce con el nombre de adquisición inversa aquella en la que una sociedad dependiente, mediante una ampliación de capital u otra emisión de instrumentos financieros, capta el capital necesario para adquirir acciones y tomar el control de una sociedad que previamente era considerada como dominante.
A efectos legales se sigue identificando a la sociedad inicialmente dominante como dominante, pero a efectos contables, la adquisición de una dependiente de acciones suficientes como para tomar el control de la dominante, convierte a esta última en dominante del grupo de consolidación.
¿Cuándo podemos ver una operación de este tipo?
Este tipo de operaciones pueden verse cuando una sociedad no cotizada quiere salir a Bolsa, pero no quiere registrar sus acciones a efectos oficiales. Para ello la sociedad no cotizada vende a una sociedad cotizada sus participaciones a cambio de participaciones de la sociedad cotizada. En este caso legalmente la cotizada es la sociedad adquirente a efectos legales porque es la que a emitido sus participaciones, y la sociedad no cotizada es la adquirida porque son sus participaciones las que han sido adquiridas.
Si embargo la NIIF 3 identifica contablemente la cotizada como adquirida y la no cotizada como adquirente.
¿Que tengo que tener en cuenta de cara al Balance Consolidado?
Pongamos como ejemplo que la sociedad A obtiene el control de la sociedad B y para esto amplia capital otorgando a los antiguos accionistas de la sociedad B acciones suficientes como para controlar a su vez a la sociedad A.
¿Bajo que criterios se realizará la consolidación en la fecha de adquisición?
a) Los activos y pasivos de la sociedad dependiente (sociedad adquierente) mantienen los valores previos a la fecha de adquisición, sin perjuicio de los ajustes de homogenización que correspondan.
b) Los activos y pasivos de la sociedad dominante (sociedad adquirida), excluida la participación en la sociedad dependiente (sociedad adquirente), se valoran de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 (el cual requiere el reconocimiento y valoración de activos y pasivos identificados al valor razonable, como normalmente sucede al valorar los elementos patrimoniales adquiridos según el método de adquisición).
Los ajustes derivados de dicha valoración se reflejarán en las reservas de la sociedad dominante.
c) El Fondo de Comercio o Diferencia negativa de la sociedad dominante (sociedad adquirida), se determinará de acuerdo con lo establecido en el artículo 26, con las precisiones que a continuación se indican. (Se refiere al Fondo de comercio o Diferencia negativa que surge de la compraración de la participación de la adquirente (dependiente) con los activos y pasivos netos valorados al valor razonable de la adquirida (dominante)):
i) Los ajustes que deban practicarse se reflejarán en las reservas de la sociedad dominante (sociedad adquirida).
ii) El valor razonable en la fecha de adquisición de la contraprestación transferida por la sociedad adquirente (dependiente) por su participación en la adquirida (dominante) a efectos contables se basa en el número de instrumentos de patrimonio de la adquirente (dependiente que habría sido necesario emitir para dar a los antiguos propietarios de la adquirida (dominante), el porcentaje de instrumentos de patrimonio que poseen de la dominante legal después de la adquisición inversa.
iii) En todo caso, la contraprestación transferida se comparará con el cien por cien del patrimonio neto de la sociedad dominante (adquirida), una vez incorporados los ajustes derivados de la aplicación del artículo 25.
d) La eliminación inversión-patrimonio neto se realiza compensando el valor de la participación de la sociedad dominante (adquirida) en el patrimponio neto de la sociedad dependiente (adquirente) con la proporción correspondiente en las partidas de patrimonio neto de esta sociedad dependiente, ajustando las reservas de la sociedad dominante por diferencia.
e) Los socios externos se calculararán a partir de los valores contables de la sociedad dependiente, anteriores a la combinación.
Seguro que al menos te suenan este tipo de operaciones que pueden producirse en el marco de una combinación de negocios. A continuación podrás comprobar que se trata de un tipo de operación fácil de entender y aun más sencilla de contabilizar.
Se conoce con el nombre de adquisición inversa aquella en la que una sociedad dependiente, mediante una ampliación de capital u otra emisión de instrumentos financieros, capta el capital necesario para adquirir acciones y tomar el control de una sociedad que previamente era considerada como dominante.
A efectos legales se sigue identificando a la sociedad inicialmente dominante como dominante, pero a efectos contables, la adquisición de una dependiente de acciones suficientes como para tomar el control de la dominante, convierte a esta última en dominante del grupo de consolidación.
¿Cuándo podemos ver una operación de este tipo?
Este tipo de operaciones pueden verse cuando una sociedad no cotizada quiere salir a Bolsa, pero no quiere registrar sus acciones a efectos oficiales. Para ello la sociedad no cotizada vende a una sociedad cotizada sus participaciones a cambio de participaciones de la sociedad cotizada. En este caso legalmente la cotizada es la sociedad adquirente a efectos legales porque es la que a emitido sus participaciones, y la sociedad no cotizada es la adquirida porque son sus participaciones las que han sido adquiridas.
Si embargo la NIIF 3 identifica contablemente la cotizada como adquirida y la no cotizada como adquirente.
¿Que tengo que tener en cuenta de cara al Balance Consolidado?
Pongamos como ejemplo que la sociedad A obtiene el control de la sociedad B y para esto amplia capital otorgando a los antiguos accionistas de la sociedad B acciones suficientes como para controlar a su vez a la sociedad A.
¿Bajo que criterios se realizará la consolidación en la fecha de adquisición?
a) Los activos y pasivos de la sociedad dependiente (sociedad adquierente) mantienen los valores previos a la fecha de adquisición, sin perjuicio de los ajustes de homogenización que correspondan.
b) Los activos y pasivos de la sociedad dominante (sociedad adquirida), excluida la participación en la sociedad dependiente (sociedad adquirente), se valoran de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 (el cual requiere el reconocimiento y valoración de activos y pasivos identificados al valor razonable, como normalmente sucede al valorar los elementos patrimoniales adquiridos según el método de adquisición).
Los ajustes derivados de dicha valoración se reflejarán en las reservas de la sociedad dominante.
c) El Fondo de Comercio o Diferencia negativa de la sociedad dominante (sociedad adquirida), se determinará de acuerdo con lo establecido en el artículo 26, con las precisiones que a continuación se indican. (Se refiere al Fondo de comercio o Diferencia negativa que surge de la compraración de la participación de la adquirente (dependiente) con los activos y pasivos netos valorados al valor razonable de la adquirida (dominante)):
i) Los ajustes que deban practicarse se reflejarán en las reservas de la sociedad dominante (sociedad adquirida).
ii) El valor razonable en la fecha de adquisición de la contraprestación transferida por la sociedad adquirente (dependiente) por su participación en la adquirida (dominante) a efectos contables se basa en el número de instrumentos de patrimonio de la adquirente (dependiente que habría sido necesario emitir para dar a los antiguos propietarios de la adquirida (dominante), el porcentaje de instrumentos de patrimonio que poseen de la dominante legal después de la adquisición inversa.
iii) En todo caso, la contraprestación transferida se comparará con el cien por cien del patrimonio neto de la sociedad dominante (adquirida), una vez incorporados los ajustes derivados de la aplicación del artículo 25.
d) La eliminación inversión-patrimonio neto se realiza compensando el valor de la participación de la sociedad dominante (adquirida) en el patrimponio neto de la sociedad dependiente (adquirente) con la proporción correspondiente en las partidas de patrimonio neto de esta sociedad dependiente, ajustando las reservas de la sociedad dominante por diferencia.
e) Los socios externos se calculararán a partir de los valores contables de la sociedad dependiente, anteriores a la combinación.
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GonzaTerco
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Re: AEN Andes Energía
Ya hay varios lugares de afuera que veo que muestran el precio a 78 y que cerro con un asking price de 93
https://www.moneyam.com/shareprice/AEN
http://shares.telegraph.co.uk/news/index.php?epic=AEN
https://www.moneyam.com/shareprice/AEN
http://shares.telegraph.co.uk/news/index.php?epic=AEN
-
ElFantasmadelaB
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Re: AEN Andes Energía
pablo_lt escribió:que lindo ver todos los baby's con miedo, aca es cuando se ven los pingos la bolsa no es chiste si entraste a jugar despues no te quejes siempre tenes que estar dispuesto a perder todo. Si pagan dos pesos con cincuenta mala suerte, habra que volver al mazo y repartir de nuevo me tiene sin cuidado perder todo lo que tengo en este pelpa, esto es un juego para grandes no para nenes sin espalda para bancarse un -99%.
100% de acuerdo!!!!
-
FRANK UNDERWOOD
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Re: AEN Andes Energía
Alan123 escribió:Jajaja . Ahora hablando enserio esto es una de las siguientes dos probabilidades:
Esto es un empome monumental, se inflo el precio de la acción para luego vender la empresa mas cara ( pero por debajo de la cotización de mercado).
O
La segunda (y la que queremos todos obviamente:) AEN tiene propiedades que dentro de poco pueden ser muy valiosas por lo tanto Mercuria se quiere adelantar y comprar la empresa. En vista de esto, con un gigante como Mercuria como nuevo propietario de la empresa y con la capacidad de inversión que este tiene la acción tendría volar a la estratosfera.
Solo nos queda esperar.
Alan, descarto la primera ya que Mercuria le prestó U$S 60 palos y encima ellos son accionistas de AEN...No creo eso
Re: RE: Re: AEN Andes Energía
burzatil escribió:
Lo ultimo es una traducción casi literal del artículo de FT, no es de mi autoría, salvo la traducción.
A controlar las emociones. Saludos
http://m.londonstockexchange.com/exchan ... 77892.html
Ahí está el comunicado original que se mando al LSE y no dice nada de comprar a menor valor, y ni remotamente tira los 400 mill que hablas. Deja de hacer traducciones "literales" y mandar fruta.
Enviado desde mi S50 mediante Tapatalk
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ElFantasmadelaB
- Mensajes: 2508
- Registrado: Mié Abr 27, 2016 3:27 pm
Re: AEN Andes Energía
ljscodex escribió:Recien alan123 puso 2 opciones, yo voy por la primera.
A mí me convence más la segunda.....(obvio puede fallar)....pero me parece que la segunda es la correcta....SOLO QUEDA ESPERAR
Re: AEN Andes Energía
AlanT escribió:Lean muchachos. Lean. Lean. Sigo sin poder creerlo.
Es una noticia extraordinaria. Muy pocas veces tenés el culo de estar adentro cuando algo así pasa.
-
Taninga28
Re: AEN Andes Energía
Dany,el tema de los lotes,donde yo tambien estoy comprado,basicamente no tiene vuelta atras.
Si vos tenes base 13 o la base que sea,y el papel,luego de esta pseudoventa,abre de nuevo a 1 peso,2 o 5...Los lotes que tenias,te dejan en la lona.
O sea...vas a perder todo si abre a precio de remate.
Yo tambien estoy con lotes,pero no demasiado jugado.
El tema es que,si el precio del papel,se hace mie***,los lotes son exponenciales...O sea se van a hacer recontra mie***.
Pero dependemos de,a que precio retoma la cotizacion,y encima no sabemos cuando va a retomar la cotizacion esta.
Mi pregunta es...que pasa si esta semanas suspendida,que pasaria con esos lotes de base AG?
Ni pu** idea...
Si vos tenes base 13 o la base que sea,y el papel,luego de esta pseudoventa,abre de nuevo a 1 peso,2 o 5...Los lotes que tenias,te dejan en la lona.
O sea...vas a perder todo si abre a precio de remate.
Yo tambien estoy con lotes,pero no demasiado jugado.
El tema es que,si el precio del papel,se hace mie***,los lotes son exponenciales...O sea se van a hacer recontra mie***.
Pero dependemos de,a que precio retoma la cotizacion,y encima no sabemos cuando va a retomar la cotizacion esta.
Mi pregunta es...que pasa si esta semanas suspendida,que pasaria con esos lotes de base AG?
Ni pu** idea...
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