ProfNeurus escribió:Se denomina asociación ilícita, en Derecho, a un grupo de individuos constituido con el objetivo de cometer un acto contrario a la ley, ya sea un ilícito civil o un delito sancionado por la ley penal;
Capítulo II - Asociación ilícita > ARTICULO 210
Será reprimido con prisión o reclusión de tres a diez años, el que tomare parte en una asociación o banda de tres o más personas destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación. Para los jefes u organizadores de la asociación el mínimo de la pena será de cinco años de prisión o reclusión.
Es que hasta mongo se cansó de davinci, elcontable... Bue, el no lo sabe, pero a elcontable lo tiene montado en un huevo...
Tampoco es tan grave, son chicos que vienen a divertirse. El problema es que le dan demasiada bola.