Acciones, ETFs
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El Castigador
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Mensajepor El Castigador » Jue Sep 24, 2015 11:15 pm
fede73 escribió:
no se mancha
Hasta q no vuelva a 100 mangos no aflojamos.
Y bue....pensar en grande no cuesta nada

100 para cuando ?
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el profe
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Mensajepor el profe » Jue Sep 24, 2015 11:05 pm
gustino61 escribió:Me parece demasiado uds 5 peeeeero ,,ojalà
estamos listos si ya arrancamos diciendo que 5 es mucho! tampoco dijo que mañana

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fede73
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Mensajepor fede73 » Jue Sep 24, 2015 11:04 pm

no se mancha
Hasta q no vuelva a 100 mangos no aflojamos.
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El Castigador
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Mensajepor El Castigador » Jue Sep 24, 2015 10:51 pm
LEOFARIÑA escribió:Metió volumen al after, puede que siga un poco hasta 5 quizás, yo me equivoqué y lancé pero la comitente no se mancha.
"La comitente no se mancha"

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matib89
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Mensajepor matib89 » Jue Sep 24, 2015 10:47 pm
el profe escribió:algunos dicen que sale mañana la resolución pero esto que salio ayer no es tomado como tal?
CNV establece nuevo criterio de valuación de moneda extranjera para los FCI
23/9/2015
Con el objetivo de reducir la exposición a altos niveles de volatilidad por parte de las carteras administradas por los Fondos Comunes de Inversión, la Comisión Nacional de Valores -mediante la Resolución General CNV N°646- establece que todos los títulos valores que se negocien en los mercados extranjeros o los subyacentes de los activos que estén constituidos por valores negociables que se negocien en el exterior, deberán ser cotizados en la misma moneda en que hayan sido emitidos, siempre y cuando esta sea la misma moneda de pago, tomando como referencia el precio en la plaza exterior de mayor relevancia o bien el precio en dólares de la plaza local cuando no exista cotización en el exterior. Para los mismos se deberá utilizar el tipo de cambio comprador del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA aplicable a las transferencias financieras.
Esta medida, busca transparentar la cartera de los Fondos Comunes de Inversión, asegurando que la valuación refleje la cotización más pura del activo, protegiendo a los inversores finales (los cuotapartistas) del riesgo de fluctuaciones excesivas.
De esta manera, los títulos nominados y pagaderos en moneda extranjera deberán ser valuados tomando su cotización en dólares y traduciéndola a pesos según el tipo de cambio del Banco de la Nación Argentina para transferencias financieras. De este modo, se elimina un factor de potencial inestabilidad, a la vez que se acerca de mejor modo la valuación de los patrimonios administrados a las condiciones de valuación de los títulos de acuerdo a su propio nivel de riesgo.
Para descargar fotos en alta resolución:
En la norma aclara que entra en vigencia desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial. Eso es lo que falta para que entre en vigencia y lo que dicen que sucedería mañana!
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gustino61
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Mensajepor gustino61 » Jue Sep 24, 2015 10:47 pm
Me parece demasiado uds 5 peeeeero ,,ojalà
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LEOFARIÑA
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Mensajepor LEOFARIÑA » Jue Sep 24, 2015 10:46 pm
Metió volumen al after, puede que siga un poco hasta 5 quizás, yo me equivoqué y lancé pero la comitente no se mancha.
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el profe
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Mensajepor el profe » Jue Sep 24, 2015 10:35 pm
algunos dicen que sale mañana la resolución pero esto que salio ayer no es tomado como tal?
CNV establece nuevo criterio de valuación de moneda extranjera para los FCI
23/9/2015
Con el objetivo de reducir la exposición a altos niveles de volatilidad por parte de las carteras administradas por los Fondos Comunes de Inversión, la Comisión Nacional de Valores -mediante la Resolución General CNV N°646- establece que todos los títulos valores que se negocien en los mercados extranjeros o los subyacentes de los activos que estén constituidos por valores negociables que se negocien en el exterior, deberán ser cotizados en la misma moneda en que hayan sido emitidos, siempre y cuando esta sea la misma moneda de pago, tomando como referencia el precio en la plaza exterior de mayor relevancia o bien el precio en dólares de la plaza local cuando no exista cotización en el exterior. Para los mismos se deberá utilizar el tipo de cambio comprador del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA aplicable a las transferencias financieras.
Esta medida, busca transparentar la cartera de los Fondos Comunes de Inversión, asegurando que la valuación refleje la cotización más pura del activo, protegiendo a los inversores finales (los cuotapartistas) del riesgo de fluctuaciones excesivas.
De esta manera, los títulos nominados y pagaderos en moneda extranjera deberán ser valuados tomando su cotización en dólares y traduciéndola a pesos según el tipo de cambio del Banco de la Nación Argentina para transferencias financieras. De este modo, se elimina un factor de potencial inestabilidad, a la vez que se acerca de mejor modo la valuación de los patrimonios administrados a las condiciones de valuación de los títulos de acuerdo a su propio nivel de riesgo.
Para descargar fotos en alta resolución:
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sachapuma
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Mensajepor sachapuma » Jue Sep 24, 2015 10:16 pm
jabalina escribió:
Eso siempre es asi abajo del piso esta el contrapiso.
Yo me la jugue y ayer compre PBR.
Y hoy PBR ,YPF,y un puchito de caputo y grimoldi.
Veremos que pasa.
Saludos sachapuma.
bueno yo estoy mejor que uds tengo 9000 papeles
casi un 30 % ajoba y eso que baje costo lanzando
cerrando y algun put

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jabalina
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Mensajepor jabalina » Jue Sep 24, 2015 10:08 pm
sachapuma escribió:
yo ultimamente digo que debajo del piso hay contrapiso
saludos !!
Eso siempre es asi abajo del piso esta el contrapiso.
Yo me la jugue y ayer compre PBR.
Y hoy PBR ,YPF,y un puchito de caputo y grimoldi.
Veremos que pasa.
Saludos sachapuma.
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sachapuma
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Mensajepor sachapuma » Jue Sep 24, 2015 10:03 pm
jabalina escribió:
Hoy termino muy bien en USA,aqui nos jodio el CCL.
Yo creo que los precios de hoy en YPF y PBR fueron piso.
yo ultimamente digo que debajo del piso hay contrapiso
saludos !!
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jabalina
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Mensajepor jabalina » Jue Sep 24, 2015 9:59 pm
zorro escribió:ADR mañana cierra el gap que hay entre 4,21 y 4,32.
Hoy termino muy bien en USA,aqui nos jodio el CCL.
Yo creo que los precios de hoy en YPF y PBR fueron piso.
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PERZEN
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Mensajepor PERZEN » Jue Sep 24, 2015 9:13 pm
chanaon escribió:Me estoy convirtiendo en Abogado: Pueden Modificar las cosas asi nomas?
A COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el tercer párrafo del artículo 20 de la Sección II del Capítulo I del Título V y el tercer párrafo de la Sección 3. del Capítulo 4 del artículo 19 de la Sección IV del Capítulo II del Título V de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:
“Todos los valores negociables que se negocien en los mercados extranjeros o los subyacentes de los activos que estén constituidos por valores negociables que se negocien en el exterior deberán ser valuados en la misma moneda en que hayan sido emitidos, siempre y cuando ésta sea la misma moneda de pago, tomando como referencia el precio de mayor relevancia en la plaza exterior o bien el precio en dólares de la plaza local cuando no exista cotización en el exterior. A los fines de dicha valuación se deberá utilizar el tipo de cambio comprador del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, aplicable a las transferencias financieras”.
SI FIJAN EL CCL A VALOR DOLAR OFICIAL (DE NO LIBRE DISPONIBILIDAD ACTUAL) COMO SE ENTIENDE ESTA MEDIDA... ?? EL LIBRE MERCADO DESAPARECE ?
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chanaon
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Mensajepor chanaon » Jue Sep 24, 2015 9:02 pm
PERZEN escribió:ALGUIEN CON ALGUNA APRECIACION AL RESPECTO??
Supuestamente no prohiben el ccl, es un tema contable por lo que dicen. Lo que nose es si los fondos presentaran alguna apelacion o cautelar para anular la medida .[/quote]
QUE LOCURA.... ESTO ES IGUAL AL VALOR FISCAL VERSUS VALOR DE MERCADO... CON LA DIFERENCIA QUE ESTAN LICUANDO A LOS INVERSIONISTAS COMPRADOS......
EN BIENES PERSONALES QUE SE DECLARA A FIN DE AÑO?[/quote]
Encima les queres pagar? Olvidate
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