sachapuma escribió:a la causa la cajonean porque no hay titulo no hay analitico
y menos colegiacion ...jamas se opusieron las excepciones
debidas .es mas el periodista Sanz con mucha astucia lanzo
una recompensa con algo mas simple , mas circunstancial
una o varias fotos de la colacion , semejante acto en la vida
de una persona no se escapa tampoco , porque es difcil unir
personas de aquella epoca etc etc , es evidente y queda
claro.asi que sigan con numeritos folios y libros de santa cruz
provincia que jamas repuso en su cargo al procurador , haciendo
caso omiso a un fallo de la corte. si truchemos truchemos TODO !!!
clarito
Que lo reponga la corte. Si no puede hacerlo es como Griesa, se toman atribuciones que los exceden. En este caso la decision de una provincia. Que dice la constitucion sobre las provincias?
Art. 122.- Se dan sus propias instituciones locales y se rigen por ellas. Eligen sus gobernadores, sus legisladores y demás funcionarios de provincia, sin intervención del Gobierno federal.
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