gamuzino escribió:hola... tengo Opciones de COME y quisiera saber si alguien me puede explicar como se tributan impuestos sobre el resultado positivo de la compra venta de las mismas. Y si tuviera acciones pago impuestos tambien? GRACIAS DE ANTE MANO
Según el art. 20 (Exenciones), inc W, los resultados de la compra-venta de opciones PARA PERSONAS FíSICAS(4 ta. CATEGORíA) están EXENTOS. Debería cumplirse el concepto de HABITUALIDAD (FEROZ VAGUEDAD DE LA LEY).
BP(Bienes Personales) es OTRO IMPUESTO.
Si Ud. tiene un patrimonio mayor a $305.000 al 31/12/2014 va a tributar en el 2015.
SÓLO si tiene un patrimonio mayor al número citado anteriormente.
De todos modos Chárlelo con su Contadorrrrrr amigo
ERdlL.[/quote]
Rey tengo un mago especialista en impuestos, gerente de importante firma, opciones no ejercidas si deberían tributar[/quote]
El tema principal pasa por una palabra:
HABITUALIDAD
De este modo, art 20 inc w exime(art 20=exenciones) personas físicas de 4ta categoría.
Tu compras a 2 y vendes a 4, Excelente negocio. Luego compras acciones y te pones a dormir por unos meses. Llega fin de año. Qué hacer??? ...... PAGAR IMPUESTOS
BP= Si tienes + de 305.000. Atentos: Las acciones y los títulos públicos están alcanzados(pagan) pero EXENTOS POR LEY (BP).
Luego, lo mejor que podés hacer es ESTAR COMPRADO EN ACCIONES (IGUAL QUE EN USA...., ES POR ELLO LO DEL RALLY DE FIN DE AñO).
Pagas x tus bienes PERO SI SOLO TIENES ACCIONES( X EJEMPLO: $1.000.000)...NO PAGAS BP(obbbbvio, por esa porción de tu patrimonio. Por el resto, si tienes + de 305.000=PAGAS, SEGúN ESCALAS 0.5%, 0,75%, 1%
saLU2
ERdlL