Mensajepor guilleg » Lun Jul 01, 2013 12:41 pm
Ya sé el artículo habla de la feria nuestra de invierno, pero cuando compara:
Estados Unidos: los tribunales de esta nación sólo cierran sus puertas en los feriados nacionales. No hay vacaciones estipuladas para el Poder Judicial. Los magistrados escalonan su período de descanso.
España: al igual que en otros lugares de Europa, el país entero para entre el 22 de diciembre y el 2 de enero. No hay régimen especial para el Poder Judicial.
Brasil: existen tres tipos diferentes de feria judicial en este país. En julio sólo paran los tribunales de segunda instancia. Entre el 1º y el 21 de enero cierran los juzgados de primera instancia y vuelven a cerrar los de segunda. Entre el 1¡ y el 31 de enero sólo algunos tipos de proceso no pueden realizarse.
Uruguay: el régimen es exactamente igual que el de la Argentina. La feria judicial menor dura quince días en invierno y en verano abarca todo enero. Sólo funcionan los juzgados de turno, no corren plazos y queda un ministro en la Suprema Corte y en cada tribunal.
Igual el artículo es viejo.