martin escribió: Un par de veces lo expliqué y creo que en un post de hace un rato argumento ese tema y como puede suceder esa supuesta paradoja, que señalas vos, de que el cupón cotice por arriba de todo el facial que queda por cobrar...
El secreto es que los no residentes pueden convertir los pesos cobrados al dolar oficial pero localmente, una vez que haya seguridad que paga en el 2014, la cotización local sigue al CCL de lo que cotiza afuera. Se entiende ??...
El año pasado sucedió eso y quedó en evidencia que el mercado que mueve el precio es el de afuera...
ArgenFru escribió: Los no Residentes que tienen TVPP y lo cobran afuera se lo cambian al oficial? uh golazo.. me podrás pasar algun link con mas info al respecto. Mil gracias
DarGomJUNIN escribió:
Desde 2007 está vigente el acceso al MULC (mercado oficial de cambios) para ciertas operaciones de no residentes.
La normativa base es: http://www.bcra.gov.ar/pdfs/comytexord/A4662.pdf y dice “no será necesario el requisito de conformidad previa del Banco Central para la compra de divisas para su transferencia al exterior,… en los siguientes casos:... punto 1.8 Rentas de Bonos y Préstamos Garantizados del Gobierno Nacional emitidos en moneda local.”
(Los servicios del cupón PBI en pesos "TVPP" están considerados incluidos dentro de ese concepto legal de “renta”.)
chare escribió:Ni siquiera necesitas ser extranjero, Por lo general, bancos le venden al cliente los titulos o cupones, una vez recibido los titulos el cliente, los transfire a una soc de Bolsa Argentina y este los tranfiere a una soc de bolsa o Banco uruguayo que posee cta en CV, una vez recibido los titulos en su cta ctte local, los sube a euroclear, como la soc , logicamente es extranjera se le transfiere los dolares correspondientes a la cta de euroclear al TC oficial, este a su vez, le transfiere a su cliente el pago a cualquier banco extranjero que posea cta. Si bien CV paga en un globo( como se le dice) estos tienen dos ctas, una de cartera propia y otra de terceros, es estas ultimas discrimina la tenencia de sus clientes. Por ende no hay necesidad de ser extranjero, solo necesitas operar con banco Arg o soc de bolsa arG, que tenga subsidiarias Uruguayas con cta en CV. Todos los empresarios Argentinos que se te ocurra lo hacen. El unico registro es que transfirieron la tenencia al banco o Soc uruguaya ( o digamos una vta ) que solo se hace en minutas manuales y se destruyen y se envian por fax para que no quede ninguna huella
Aleboto escribió: Si fuera tan facil como dicen, teniendo un titulo en pesos, cobrar las rentas y amortizacion en dolares al tipo de cambio oficial, porque bonos como el AE14 no cotizan mucho mas sobre la par? Es un bono que paga renta cada 3 meses, y vence el año que viene, entonces
su cotizacion no deberia seguir a la del CCL?
chare escribió:Porque su emision y colocacion fue realizada en el mercado local y no en el internacional,es la particularidad que debe cumplir el titulo.
Aleboto escribió: Pero el TVPP es ley local tambien. Que tiene que ver donde fue realizada le emision y colocacion? donde aclara eso en la normativa?
Googlealo, no dije legislacion, los unicos utilizables son DICP y TVPP, producto del canje internacional por el default de 2002