DarGomJUNIN escribió:
Te lo podría sintetizar como: "No se le puede oponer ninguna otra ley".
sachapuma escribió: lamento decirte que haz confundido a todo el foro
una ley es de orden publico cuando limita la
autonomia de la voluntad , os ea no puede
ser derogada ni dejarla sin efectos por
acuerdos interpartes. a una ley se le puede
oponer otra ley con lo cual estaria derogandose
aquella intotum o la parte en que la nueva se
este refiriendo.ej del dcho de flia el dho laboral
son codificaciones que en su gran totalidad
son de orden publico y tiene su basamento
en lo explicado por verdolaga mas abajo.que
bajo con un link.
DarGomJUNIN escribió: Toda la vida, interpretamos así "orden público" (en la antigua DGI y actual AFIP). Nunca perdimos un caso judicial.![]()
Para mayor aclaración y evitar malentendidos, una ley que la quiera derogar NO PUEDE TENER EFECTO RETROACTIVO.![]()
Saludos, me voy a dormir y será hasta mañana. No tengo tiempo, ni ganas, de proseguir discutiendo. Sigan ustedes.
Es obvio, pero por las dudas lo aclaro, que alguien podría intentar pedir (lance) su declaración de inconstitucional.

