Mensajepor criacuervos » Mié Jun 13, 2012 5:54 pm
Mira ... te lo voy a hacer lo mas practico posible... la ley dice que un contraro suscripto en dolares debe ser cumplido en dolares... tenes dos problemas, primero estamos en Argentina 2012, con lo cual olvidate de lo que dice la ley... segundo, aun cuando alguien pueda ser iluso y mirar la ley, te cuento que en Argentina no hay juzgados.. por ejemplo , en la Pcia de Bs As, hace 4 meses que estan de paro, lo cual sumado la pasada feria de Enero, mas la que viene de Julio, hace que no tengas juzgados en todo el año... ahora, ya sabes que no hay Ley, y tambien sabes que no hay juzgados.. entonces , tenes que ver donde estas parado y que te conviene .. que es ese boleto ? sos el comprador o el vendedor ? quien tiene la guita ? ya se puso guita ? cuanta guita ? a nombre de quien esta la escritura ? tenes la posesion de la casa o la tiene el otro tipo ?
Bueno , todas estas preguntas se las tenes que contestar a un buen abogado que contrates, quien te va a aconsejar que es lo que te conviene hacer en un pais sin moneda, sin ley y sin juzgados..