deacá escribió:Hola Juan,
No estoy tan seguro que el CdP pueda ser considerado un organismo financiero, y me temo que esa sea la causa por la que aun no le pagamos usando reservas, cosa que hace rato amaga el gobierno y no concreta.
Me parece que solo es un consorcio de acreedores, que se apoya en el FMI por carecer de entidad financiera.
Saludos
Hola Deacá. Entiendo tu duda, visto desde lo técnico-legal.
No sé dónde consultar la definición de “organismos financieros internacionales” a los efectos de la Ley.
Sí sabemos que no son acreedores privados y que se autodefinen como grupo informal de acreedores públicos:
http://www.clubdeparis.org/
Le Club de Paris est un groupe informel de créanciers publics
Por sus principios y forma de funcionar tiene todas las connotaciones de un organismo internacional.
Como antecedente, el decreto 1394/2008 (sobre el cual no conozco cuestionamientos legales o interpretativos) consideró al CdeP “organismo internacional”:
http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... /norma.htm
Por último –menos académico y más práctico- no consigo imaginarme una discusión política en el ámbito del Congreso o una eventual judicialización en torno a si el CdeP es o nó un organismo financiero internacional.
Como siempre, puede fallar.
Saludos.