goyo escribió: ↑
Tengo un comentario para hacer en referencia a los Bonos CER.
En oct-20 copie el flujo de fondos que se proyectaba de los bonos CER, y hoy hice lo mismo, desde la misma pagina de Rava.
Por ejemplo, el cupon total previsto en oct-20 en el PR13 para febrero 2023 era de 16,77 cada 100... y ese mismo cupon, ahora se estima en 42,13... Eso significa que hubo una "actualizaccion" por CER de 2.51 veces en el periodo oct-20 a ene-23.
Pero el IPC oficial del mismo periodo ( tomado con un mes de retraso ) es de 3,15 veces.
Es decir que el ajuste por CER de 2,51.. te mejicanea bastante de la inflacion oficial de 3,15. El 80% del total acumulado en poco mas de 2 años... o dicho de otra manera casi 1 punto de inflacion mensual que perdes.
Es correcto que ea asi, o nos estan estafando ??
Esto es la parte técnica de como se construye el CER la diferencia a la que te referis en especial al PR13 es que ese bono amortiza mes a mes con lo cual la base de calculo se contrae a 0,83% mensual para aplicar esa cuenta que haces deberías tomar un bono que devuelva el capital al final
Anexo I Res. 47/02 M.E.
Metodología de cálculo del indicador diario:
A partir del día 7 de cada mes y el último día del mes, el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) se construirá en base a la tasa media geométrica calculada sobre la variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC) del mes anterior.
Para la construcción del CER para los días comprendidos entre el primero de cada mes y el 6 del mismo, se empleará la tasa media geométrica calculada sobre la variación del IPC entre el segundo y el tercer mes anterior al mes en curso.
Estas DOS (2) variantes de cálculo se describen a continuación:
A partir del día 7 de cada mes y el último día del mismo mes, el CER se actualizará de acuerdo con el factor diario (F t ) determinado como el siguiente:
El CER para los días comprendidos entre el primero de cada mes y el 6 del mismo se actualizará de acuerdo al factor diario (F t ) determinado como el siguiente:
donde:
F = Factor diario de actualización del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER).
k = número de días correspondiente al mes en curso.
j = mes en curso.
(IPC)j-1 = Valor del Indice de Precios al Consumidor en el mes precedente a aquél en que se determina el CER.
(IPC)j-2 = Valor del Indice de Precios al Consumidor DOS (2) meses antes a aquél en que se determina el CER.
(IPC)j-3 = Valor del Indice de Precios al Consumidor TRES (3) meses antes a aquél en que se determina el CER.
De esta forma, el CER se construirá mediante el siguiente cálculo:
Siendo que el CER en t-1 tendrá un valor de inicio de 1 correspondiente al día anterior al de entrada en vigencia del mismo.
Dada una tabla de CER diarios, cuando se procede a computar el ajuste entre DOS (2) fechas (entre s y s+r) el factor a aplicar surge del cociente entre el coeficiente del día de actualización (s+r) y el coeficiente del día de inicio (s).