zequi73 escribió:https://www.iprofesional.com/impuestos/ ... Alberto-F-
Leido en diagonal, vuelta a empezar, esto vota la gente será que tenga que ser asi.
Todo lo que diga va a ser usado en mi contra.
En la página 92 dice esto:
b) Aplicación de impuestos extraordinarios por dos años: mediante una alícuota especial de Bienes Personales, a los activos reales y financieros radicados en el exterior; a las utilidades del sector financiero, aplicable sobre la rentabilidad sobre los activos (ROA) y sobre los fondos propios (ROE) de cada entidad; a la compra venta de divisas.