serleo2005 escribió:Gracias Mirgo!!!! De Garo sabes cuales son las que devolveria, porque no la vamos a vender al bajo precio de una orden judicial , los fundamentos no se negocian ja ja

Abrazo y Gracias por la Data !!
Serleo: Si mal no recuerdo eran alrededor de 1M de papeles:
Copio la parte pertinente del Dictamen de la Fiscal de Cámara (del mes de febrero):
3. La magistrada de la anterior instancia rechazó la revocatoria planteada por el Merval señalando que las normas que regulan su actividad no son suficientes para soslayar la sujeción a las normas concursales, pero concedió el recurso de apelación (fs. 55/59). Esto significa que el MERCADO no puede apartarse de lo dispuesto en la ley de concursos y que no puede liquidar las acciones, sino que debe verificar los créditos como cualquier acreedor.
En la resolución del 26 de febrero de 2009 por medio de la cual se ordenó la apertura del concurso preventivo de Gysin y Cia., en su punto número XII), la jueza a quo dispuso la siguiente diligencia "líbrese oficio al Mercado de Valores de Buenos Aires a fin de hacer saber la apertura del presente concurso, como así también y que todo acreedor de causa o título anterior deberá insinuar su crédito en los términos del arto 32 Le' (fs. 26).
Esta comunicación fue luego ampliada por la resolución que ahora viene apelada, de modo de hacerle saber al Merval que: "deberá proceder, en su caso, a la insinuación de sus créditos en los términos del arto 32 de la Le y abstenerse de efectuar pagos a terceros respecto de créditos de causa o título anterior a la presentación en concurso, debiendo -en su caso-reintegrar los fondos y acciones mal transferidos" (fs. 34)
Esto significa, liquidaste mal los títulos con la deudora en concurso de acreedores, devolvé los títulos mal liquidados y verificá tus créditos como cualquier hijo de vecino.
5. A entender de esta Fiscalía, el recurso no debe prosperar. Esto significa hay que rechazarle la apelación y confirmar la sentencia de primera instancia que obliga a restituir los títulos incorrectamente liquidados...
En primer lugar, cabe señalar que la comunicación ordenada en autos se halla en un todo de acuerdo con la Ley nO 24.522 de Concursos y Quiebras pues hace saber la apertura del concurso de Gysin y.Cia. al Merval -a los efectos que pudieran corresponder,-y describe disposiciones del régimen concursal que se han tornado aplicables en virtud del sometimiento de dicha sociedad a la Ley de Concursos y Quiebras.
Concretamente, se refiere a que todos los acreedores con causa o título anterior a la presentación en concurso deben insinuar sus créditos en el concurso (conf. artículo 32), que el concursado conserva la administración de su patrimonio pero lo hace bajo la vigilancia del síndico (conf. artículo 15), que el concursado no puede realizar actos a titulo gratuito, ni alterar la situación de sus acreedores con causa o título anterior a la presentación en concurso, y que para la realización de determinados actos (por ejemplo, los que excedan la administración ordinaria) debe requerir autorización judicial (conf. artículo 16).
Asimismo, cabe señalar que se encuentra actualmente en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Penal Económico nO 1, Secretaría nO 2 la causa caratulada "Aldazabal, Pablo y otros si arto 300 del C.P." (Causa nO 950/09) que involucra a los directores del Merval y de Caja de Valores S.A. (por posible comisión del delito de agiotaje) y en la que se investiga el modo en el que se concretó la liquidación de las acciones de Instituto Rosembuch S.A. en el mes de diciembre de 2008. Si bien el Merval denunció como "Hecho Nuevo" (fs. 172/177) la resolución por medio de la cual se dispuso el sobreseimiento de las personas allí investigadas, esta Fiscalía se comunicó telefónicamente con el juzgado en cuestión siendo informada por personal del mismo que esta resolución no se halla firme pues ha sido apelada por la Fiscal interviniente, María del Carmen Rogliano.
Es decir, que en caso de que en el marco del presente proceso concursal o en la investigación perseguida en sede penal se compruebe alguno de los extremos denunciados por Gysin y Cia. respecto al perjuicio derivado del modo en el que el Merval llevó a cabo la liquidación de las operaciones de caución bursátil cuestionadas, podríamos estar frente a pagos pasibles de ser calificados de ineficaces en virtud de la Ley de Concursos y Quiebras y de una afectación a la pars conditio creditorum. Además, en un escenario de quiebra, estos actos podrían constituir un agravamiento de la insolvencia de Gysin y Cia.
Y aquí está el motivo por el cual comenzaron a subir los papeles incorrectamente liquidados (al decir de la justicia). El Mercado había presentado como hecho nuevo en la causa el sobreseimiento de los directores en la causa iniciada por el delito de Agiotaje, tratando de presionar a los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo Comercial. La semana pasada la Cámara en lo Penal Económico revocó el sobreseimiento y la CNV inició un sumario a la Caja de Valores, al Mercado de Valores y a los directores y miembros del consejo de vigilancia de ambas instituciones... por lo tanto la supuesta presión se les viene en contra... Si con el sobreseimiento resuelto igual la fiscal de Cámara dictaminó de la forma en que lo hizo, los últimos traspiés judiciales y en la Comisión de Valores debería "tranquilizar" a los integrantes de la sala F para que resuelvan conforme a derecho...
6. Por todo lo expuesto, considera esta Fiscalía que corresponde confirmar la resolución apelada.
Esto en buen romance significa "poniendo estaba la gansa"... reintegrá los títulos de Mirgor, Rose y Garo. Incorrectamente liquidados... y si no los tenés alpiste... conseguilos de algún modo.
(Tengo que agradecer al amigo que me acercó esta valiosa información)...