LA LEY DE TODES !!!

- LA LEY DE TODES.JPG (106.89 KiB) Visto 713 veces
Los principales puntos
Según se indica en el artículo 1, la ley tiene como objeto promover la equidad en la representación de los géneros
desde una perspectiva de diversidad sexual en los servicios de comunicación, cualquiera sea la plataforma utilizada. El término “equidad” se entiende como igualdad real de derechos, oportunidades y trato de las personas para el acceso y permanencia en los puestos de trabajo.
La ley fija que “la equidad en la representación de los géneros desde una perspectiva de diversidad sexual, debe aplicarse sobre la totalidad del personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación, incluyendo los cargos de conducción y/o de toma de decisiones”.
Para cumplir con la equidad en los medios de comunicación se hará una transición gradual, pero se destaca que “en ningún caso se afectarán los cargos originados ni los concursos convocados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley”.
Además, deberá garantizarse la representación de personas
transgénero, transexuales, travestis e intersex en un 1%. De no hacerlo, tendrán una sanción que podrá ser tanto un llamado de atención como un apercibimiento.
Según una investigación publicada en 2018 por Comunicación para la Igualdad, el 64% de las personas que estudian comunicación son mujeres, pero solo significan el 30% de las personas que trabajan en empresas periodísticas. Mientras tanto, la diferencia en cuanto al acceso a puestos jerárquicos es notoria: el 78% de las empresas de medios están dirigidas por varones cis.
https://lavozdelpueblo.com.ar/noticia/1 ... les-puntos