quique43 escribió: ↑
#Impuestos en Argentina: desde cuándo rigen:
1932 #GANANCIAS
1991 #BienesPersonales
2001 #AlCheque
2002 #RetencionesALasExportaciones
2019 #PAÍS
2020 #ALaRiqueza

1977 #IngresosBrutos
( antes a las #ventas).
De todos esos impuestos, sólo Ganancias debe quedar.
Bienes Personales debe pagarse sólo una vez y luego, en cada periodo fiscal, solo debe pagarse sobre los incrementos de patrimonio, desafectado de inflación, de lo contrario se cae en la doble tributación.
Las retenciones deben limitarse a materias primas de actividades extractivas, si tienen algún grado de elaboración o manufactura deben eliminarse.
Ingresos Brutos es el más nefasto de todos, impide producir en escala con bajos márgenes de ganancia
Pero hay que agregar el impuesto al origen de todos nuestros males, el IMPUESTO A LA CREACIÓN DE ACTIVOS EXTERNOS. Este impuesto es el que debe sostener a las jubilaciones sin aportes y reemplazar IIBB en recaudación. Todo retiro de dinero del sistema bancario o giro al exterior (excepto comercio exterior por Aduana Argentina) debe abonarse a cuenta ganancias, pero en la divisa que se trate.
Los extranjeros, para no impedir la inversión externa, tendrían que tener su CUIT para operar en el país con una cuenta corriente en divisa. Hasta el monto invertido retiran libremente, divisa adicional que giren o extraigan se le retiene, en divisa, impuestos por ganancias según la actividad declarada.