alexis escribió:Tachuela sube en las encuestas. Se empieza a acercar a CFK y ya esta arriba de Alfonsin.
http://www.clarin.com/politica/Duhalde- ... 52039.html
Y Bin Laden vende shis kebab en Pinamar.
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alexis escribió:Tachuela sube en las encuestas. Se empieza a acercar a CFK y ya esta arriba de Alfonsin.
http://www.clarin.com/politica/Duhalde- ... 52039.html
Galaico escribió:Me encantaría tener de amiga a Estela Carlotto ejemplo si los hay de integridad, abnegación y superación de todo tipo de obstáculos, sin venganza y en la búsqueda permanente de la verdad y la justicia para ella![]()
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Si fuera mi amiga podría aprender mucho de ella.
Galaico escribió:Me encantaría tener de amiga a Estela Carlotto ejemplo si los hay de integridad, abnegación y superación de todo tipo de obstáculos, sin venganza y en la búsqueda permanente de la verdad y la justicia para ella![]()
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Si fuera mi amiga podría aprender mucho de ella.
Great Pek escribió:28 años de democracia al pe**....la tendencia es volver a lo de antes, con distintos modos, pero la escencia es la misma
Great Pek escribió:además que primero se necesitaria una justicia INDEPENDIENTE, y en este "molelo" la independencia de las instituciones, no existe, está considerado que entorpece....
Great Pek escribió:sin dudas, seria otro pais.....sin jaimes, devidos y un interminable etc.
esto dice la contritucion de la ciudad
El artículo 97 dice: "Para ser elegido se requiere ser argentino, nativo o por opción; tener treinta años de edad cumplidos a la fecha de la elección; ser nativo de la Ciudad o poseer una residencia habitual y permanente en ella no inferior a los cinco años anteriores a la fecha de elección; y no encontrarse comprendido en algunas de las inhabilidades e incompatibilidades previstas para los legisladores".
Según el artículo 72 no pueden ser elegidos diputados: "Los qlas personas que están inhabilitadas para ocupar cargos públicos mientras dure la inhabilitaciónue no reúnan las condiciones para ser electores; ; los condenados por delito mientras no hayan cumplido todas sus penas; los condenados por crímenes de guerra contra la paz o contra la humanidad; los militares o integrantes de fuerzas de seguridad, en actividad."
El artículo 57º de la Constitución porteña establece el impedimento a la designación de funcionarios públicos procesados por delito doloso en perjuicio de la administración pública, incluso sin especificar siquiera la necesidad de que dicho procesamiento sea firme. :
ARTICULO 57.- Nadie puede ser designado en la función pública cuando se encuentra procesado por un delito doloso en perjuicio de la administración pública.
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