Mensajepor gringo de devoto » Mar Mar 13, 2018 11:26 am
Comisión Nacional de Valores
25 de mayo 175 – C.A.B.A.
Presente
De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 35) del Art. 3ero. del Capítulo I, Título XII de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, con relación al Balance por el período de 12 meses finalizado el 31 de diciembre de 2017.
Al respecto, informamos a Ud. lo siguiente:
31.12.2017
AR$ OOO
1) Resultado del período
Resultado atribuible a las actividades ordinarias (742.401)
Otros resultados Integrales del período 127.436
Resultado atribuible a las actividades extraordinarias -
(614.965)
2) Detalle del Patrimonio Neto 31.12.2017
AR$ OOO
Capital Emitido 145.829
Ajuste del Capital 25.654
Aportes Irrevocables 865.890
Primas de Emisión 277.534
Resultados No Asignados (1.253.725)
Otros Componentes de Patrimonio (611)
Reserva por Revaluación 558.847
Total del Patrimonio Neto 619.418
(*) La sociedad no ha presentado información consolidada con su sociedad controlada Quickfood Chile S.A., sobre la cual posee el 95,93% de participación, debido a la escasa significatividad del Patrimonio de esta última sobre el Patrimonio Neto de Quickfood S.A. y considerando que ha discontinuado la operatoria comercial desde el 15 de mayo de 2006.
3) Propuesta del Directorio para distribuciones de dividendos, capitalizaciones, ajustes monetarios y otros conceptos.
El Estatuto vigente prevé la distribución de dividendos sobre la base de utilidades liquidas y realizadas que resulten del balance anual y luego de cubiertos los gastos y amortizaciones, de este saldo resultante debe imputarse primero a constituir la reserva legal hasta alcanzar el 20% del capital social, segundo a la remuneración del Directorio, tercero a la remuneración de la Comisión Fiscalizadora, y el saldo, en todo o parte, a dividendos de las acciones ordinarias o a fondos de reservas facultativas, de previsión, a cuenta nueva o al destino que determine la asamblea. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción. Mientras la Sociedad se encuentra bajo el régimen de oferta pública y cotización, el pago de dividendos se realizara conforme a la normativa vigente aplicable de la Comisión Nacional de Valores.
La adopción de medidas por el encuadre de la Sociedad en el supuesto del Art. 27 del Cap. II del Título II de las Normas de la CNV (T.O. 2013) (Art. 206 de la Ley N° 19.550).
El aumento de capital por la suma de hasta $950.000.000 por capitalización de aportes irrevocables del accionista controlante BRF S.A. otorgando a los accionistas minoritarios la oportunidad de ejercer el derecho de preferencia.
Sin otro particular, saludamos a Ud. muy atentamente.