DarGomJUNIN escribió: CEDIN los emitirá el BCRA, pero los entregará cada banco receptor, quien luego los pagará con esos BILLETES recibidos.
Los billetes de dólares depositados no se podrán prestar, porque tendrán un “encaje especial” indisponible del 100%
Por tener una finalidad especial, no se computarán como formando parte de las reservas oficiales en divisas del BCRA.
Para cobrar no es necesaria autorización de AFIP, pero sí es indispensable demostrar escritura de venta INMOBILIARIA.
a mi lo del "encaje especial indisponible del 100%" me suena muy a "intangibilidad de los depósitos", pero bueno, gustos son gustos.
por mi parte me voy a dedicar a acumular sangrientos ahora que son nac&pop