Re: Actualidad y política
Publicado: Jue Ago 08, 2013 11:19 am
La Ciudad deberá censar a los sin techo
A partir de la reglamentación de la ley que protege a las personas en situación de calle, la atención deberá prestarse las 24 horas y no sólo en "paradores nocturnos". La norma incluye a quienes están "en riesgo" de caer en esa situación.
A través del Decreto 310/2013, publicado ayer en el Boletín Oficial de la Ciudad, se reglamentó la Ley 3.706, conocida como Ley de Protección de los Derechos de las Personas en Situación de Calle. La norma había sido presentada en 2009 tras una intensa lucha de las organizaciones que trabajan sobre esa problemática, y había sido vetada dos veces por el Ejecutivo porteño. Y la versión finalmente sancionada en 2010 sufrió la "amputación" por consenso de algunos artículos, como el de la libre circulación por los espacios públicos, que al PRO le causaban escozor.
El decreto firmado por Mauricio Macri; su jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta; y la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, designa a esta cartera como la autoridad de aplicación que deberá "diseñar e implementar políticas, planes y programas de promoción y desarrollo social destinados a la población en situación de vulnerabilidad social, coordinando y creando espacios de consulta y participación ciudadana".
Una de las primeras conquistas de la norma es la definición. Se consideran personas en situación de calle a "los hombres o mujeres adultos/as o grupo familiar, sin distinción de género u origen, que habiten en la calle o espacios públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en forma transitoria o permanente". Pero la ley también habla de "personas en riesgo a la situación de calle", con lo cual quedan incluidas bajo su protección las personas a punto de ser desalojadas de hoteles o casas particulares. Buenos Aires es la segunda ciudad latinoamericana en aplicar una ley como esta. La primera fue Río de Janeiro.
A partir de la reglamentación de la ley que protege a las personas en situación de calle, la atención deberá prestarse las 24 horas y no sólo en "paradores nocturnos". La norma incluye a quienes están "en riesgo" de caer en esa situación.
A través del Decreto 310/2013, publicado ayer en el Boletín Oficial de la Ciudad, se reglamentó la Ley 3.706, conocida como Ley de Protección de los Derechos de las Personas en Situación de Calle. La norma había sido presentada en 2009 tras una intensa lucha de las organizaciones que trabajan sobre esa problemática, y había sido vetada dos veces por el Ejecutivo porteño. Y la versión finalmente sancionada en 2010 sufrió la "amputación" por consenso de algunos artículos, como el de la libre circulación por los espacios públicos, que al PRO le causaban escozor.
El decreto firmado por Mauricio Macri; su jefe de Gabinete, Horacio Rodríguez Larreta; y la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, designa a esta cartera como la autoridad de aplicación que deberá "diseñar e implementar políticas, planes y programas de promoción y desarrollo social destinados a la población en situación de vulnerabilidad social, coordinando y creando espacios de consulta y participación ciudadana".
Una de las primeras conquistas de la norma es la definición. Se consideran personas en situación de calle a "los hombres o mujeres adultos/as o grupo familiar, sin distinción de género u origen, que habiten en la calle o espacios públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en forma transitoria o permanente". Pero la ley también habla de "personas en riesgo a la situación de calle", con lo cual quedan incluidas bajo su protección las personas a punto de ser desalojadas de hoteles o casas particulares. Buenos Aires es la segunda ciudad latinoamericana en aplicar una ley como esta. La primera fue Río de Janeiro.