3 clausulas Nac&Pop:
1) La ley aplicable del convenio, en caso de incumplimientos o disputas, no es la argentina, es la de la ciudad de Nueva York.
2) En caso de llegar a existir un desacuerdo o un conflicto entre Chevron y la petrolera nacional, la jurisdicción no serían los tribunales argentinos, sino la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), con sede en Francia.
3) YPF deposita 100 (cien) millones de dólares en un banco de los Estados Unidos en concepto de escrow (depósito o garantía) para que Chevron pueda eventualmente cobrar de esa cuenta futuras utilidades de negocio.
http://www.infobae.com/2013/08/28/15049 ... pf-chevron
Carton pintado.