malecharm escribió:Buenos Días Sres: solo en plan de aporte, le hice la consulta a un contador amigo y me envió lo siguiente:
- Los dividendos en dinero o en especie serán considerados como ganancia gravadas. La tasa aplicable será del 7% para los periodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2019 y 2020 y del 13,33% para los ejercicios 2021 y siguientes. La sociedad pagadora deberá actuar como agente de retención.
- Los dividendos en especie, excepto acciones liberadas, se computarán a su valor corriente en plaza a la fecha de su puesta a disposición.
- Las distribuciones en acciones provenientes de revalúos o ajustes contables, no originados en utilidades líquidas y realizadas, no serán computables por los beneficiarios a los fines de la determinación de su ganancia gravada
Correctísimo. No corre para el ejercicio 2017.