Mensajepor pablinio19 » Mié Jul 12, 2017 6:47 pm
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de julio de 2017
Señores
COMISION NACIONAL DE VALORES
25 de Mayo 175
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ref.: Informa Hecho Relevante-
Procedimiento Preventivo de Crisis
De mi consideración:
Me dirijo a Ud. en mi carácter de responsable de relaciones con el mercado de Carboclor S.A. (en adelante la “Sociedad”) a fin de poner en vuestro conocimiento, que en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis llevado adelante por la Sociedad ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, se celebró una audiencia el pasado 10 de julio del corriente, citada por el Ministerio. En dicha audiencia la Sociedad sostuvo que en atención a haberse cumplido ampliamente el plazo previsto por el art. 101 de la Ley 24.013 y no existir ninguna resolución vinculante que hubiera suspendido dicho plazo, la Sociedad considera concluido el Procedimiento Preventivo de Crisis de conformidad con lo previsto en el art. 105 de la Ley 24.013.
Con fecha 11 de julio del corriente, con fundamento en lo sostenido en la audiencia antes referida, Carboclor S.A. desvinculó 128 empleados de conformidad con lo establecido en el art. 247 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Finalmente se informa que durante el día de hoy se verificaron algunas acciones sindicales en la planta de Campana, en virtud de las cuales se bloqueó el acceso de personal a la planta como así también el ingreso y egreso de camiones. Se aclara que sin perjuicio de lo antes indicado, la planta cuenta con las guardias de seguridad (que comprende determinado personal calificado) más la seguridad de la empresa Securitas.
Sin otro particular, saluda a Uds. muy atentamente.
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Mariana Trentin
Responsable de Relaciones con el Mercado
Carboclor S.A.
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