El Brujo escribió:Ya que estamos fuera de horario, divaguemos un poco con tema Ganacias y Opciones ( aclaro que soy medico y no contador)
HOLA Maverick
Si señor, compraventa de opciones está gravado, alícuota general sobre el resultado por venta.
Te tenes que inscribir en el impuesto a las ganancias ya que tenés rentas de segunda categoría gravadas (rentas de capitales).
Si y solo si se realiza de forma HABITUAL.
, si la operación es perdedora no hay impuesto al no haber base imponible (se gravan las ganancias).
o sea:
Si compras y vendes acciones, no se paga ganancias.
Si te dedicas a derivados que NO sean por cobertura, y obtenes ingresos... esos están gravados por el impuesto a las ganancias. las pérdidas por derivados sólo y únicamente se pueden compensar con ganancias del mismo instrumento.
Ejemplo 1...compro lotes por 5000 y después los vendo por 6000 ....hay que pagar ganancias por 1000..en caso de haber ganancias y pérdidas en el mismo ejercicio se compensan y se ve si el resultado es positivo o negativo. ..
Ejemplo 2....tengo 10 mil acciones de apbr. ..lanza la base 26,4 hace unos días a 7 pesos...por ello recaudó 7 mil menos comisiones. ...si al final del ejercicio no me ejercen y llevan las acciones, debo pagar ganancias por esos 7 mil menos comisiones. ....
Está gravada la prima Art. 60 Inc. J Ley del Imp. a las Gcias.
" Los resultados originados por derechos y obligaciones emergentes de instrumentos y/o contratos derivados."
Deberías presentar DDJJ indicando dichas utilidades (si percibiste la utilidad) si no me equivoco.
Como dice Logikamente , es un kilombete.
Un abrazo, querido !
Muchas gracias por la respuesta brujo, tambien logikamente y Aleo,
Me aclararon un poco la verdad es dificil conseguir alguien que la tenga bien clara con esto, tengo amigos contadores y no tienen ni idea, con lo cual se hace dificil hacer las cosas bien si los propios contadores desconocen, no se si lo descontara la sociedad de bolsa con la que opero, como los dividendos, o si no los declaro me quedara una deuda, la misma duda tengo con los contratos futuros, segun un contador me dijo eso se va deacontando por dia cuando cierra, aun no opere futuros, pero no creo que sea asi, el me dice que es como en el caso de los dividendos, te lo retienen cuando se cierra la posicion del dia.. por ahora sigo solo con acciones como siempre, pero hace años opere con opciones cuando aun no se pagaba ganancias, y ahora quiero volvera operar opciones y por ahi futuros, pero tengo esas dudas.
Gracias por las respuestas a los que contestaron, veo que es un tema que se presta a confusion para muchos.
Saludos