TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

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profiterol
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor profiterol » Dom Feb 07, 2010 9:53 am


Filiberto
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor Filiberto » Dom Feb 07, 2010 9:30 am

Buen día Martín:

¿Vos pensás que el escenario internacional si sigue empeorando puede influir en el posible crecimiento argentino, es decir, quitarle posibilidades al TVPP?

:111:

martin
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor martin » Dom Feb 07, 2010 1:59 am


profiterol
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor profiterol » Sab Feb 06, 2010 11:24 pm

Para que la Corte se expida la Cámara tiene que conceder el extraordinario, sino el PEN tendrá que ir en queja.

Como se trata de un recurso contra una cautelar lo más factible es que se termine no admitiéndse el recurso. En este momento el DNU 2010 esta sin efecto por la cautelar, el que busca un cambio judicial de la situaciòn es el PEN.-

El recurso planteado pretende que se abra la via extraordinaria y que otorgue efecto suspensivo a la Resoluciòn. No creo que eso pueda pasar.-

Para mí tiene más oportunidades el PEN en el Senado en virtud de los deficits de la provincias y la propensiòn de todo polìtico a gastar todo lo que pueda.-

Resumen: el medio es el apriete. En la vía legal y judicial ha recibido unas palizas terribles con este tema.-

Lo que me parece que no se ve con claridad es cuales son los efectos econòmicos sociales y políticos de este sistema de quiere imponer.

Se termina generando lo opuesto de lo que se declama.-

En vez de tanta gansada politica y jurídica deberìan poner más energía en hacer las cosas mejor, y con más timing. Realmente lo sucedido desde mediados de diciembre a la fecha es un enorme papelòn.-

No se porque uno puede pensar que ahora las cosas les van a salir mejor. Salvo que uno quiera pensar que las cosas les van a salir mejor.-

La Sra.Presidente y su entorno han demostrado un grado de improvisaciòn y falta de profundidad sorprendete. Subiò y desde las valijas,el tren bala, pasando por la 125, el decreto ordenando pagar al Club de París, en fin una tras otra han sido trastadas. No creo que sea prudente entusiasmarse con lo que puede venir. Me parece más sensato verlo fríamente.-

El tema de la disposiciòn de lo que se denomina reservas excedentes tiene una importancia institucional y económica destacable. Habría que analizarlo sin urgencias. Así, a la atropellada, la liebre salta para donde uno menos lo espera.-

martin
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor martin » Sab Feb 06, 2010 10:48 pm

La corte o aprueba el fondo del bicentenario o, si lo rechaza, va a decir que son asuntos en los cuales no les compete emitir opinión.

Esto es fácil. No hay muchas vueltas. Se necesita una sola cámara para aprobarse y no veo ninguna chance, ni judicial ni legislativa, para que eso se modifique.

profiterol
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor profiterol » Sab Feb 06, 2010 10:05 pm

Estimado Martín, posiblemente sea así. Todos sabemos que la "vetokracia" ya empezó. Valga como ejemplo l el desgraciado veto a la ley de protección del sistema periglaciar, aprorbada en su momento por ambas Cámaras.-

Yo no estoy diciendo que es lo que va a pasar , solo vuelco informaciòn y explicito mi opinión.-

En la situaciòn planteada,mientras no haya cambios en la ley que los regula el punto relevante es quien determina si un decreto es, y no solo en su forma sino fundamentalmente en su contenido, " de necesidad y urgencia". Allì está la polémica en Tribunales. El Gobierno sostiene que eso no puede ser judiciable. Cada cual tendrá su posición.

En mi caso, y como creo que el sistema actual conlleva una "trampita", me parece que el control jurisdiccional es fundamental, específicamente respecto a que significa necesidad y urgencia y cuales son las materias y las circunstancias que ameritan el dictado de dicho tipo de decretos. Los antecedentes de la Suprema Corte,al respecto son bastante estrictos, tamto es asì que la Resolución de Cámara respecto al DNU 2010/09 cita este tipo de precedente.-

Lo que diga ahora la Corte, para mi es una incógnita.-

Es de destacar que la posiciòn de la Sra. Presidente previo al dictado de la ley actulmente vigente era opuesta, y sostenía que los DNU debían ser ratificados por ambas Cámaras.-

martin
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor martin » Sab Feb 06, 2010 9:49 pm

Que yo sepa el veto es constitucional. Si logran hacer eso Cristina veta esa ley. Muy simple. Además si los senadores aprueban el fondo del bicentenario de ninguna manera van a aprobar una ley de las características que querría impulsar la oposición.

Conclusión: el dnu del fondo del bicentenario necesita solo la aprobación de una de las cámaras.

profiterol
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor profiterol » Sab Feb 06, 2010 9:42 pm

De

http://www.nosis.com.ar/SitioNosisWeb/u ... nario.aspx


La Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados estaría elaborando una estrategia para trabar la aprobación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 2010/09 que crea el Fondo del Bicentenario.

La Comisión se reuniría el 17 de febrero con el objetivo de modificar la ley 26.122 que regula la vigencia y aplicación de los DNU.

La oposición recurriría a su mayoría legislativa para modificar esa norma. Para eso, el PJ disidente, la Coalición Cívica, el socialismo, la UCR y el PRO, ya se pusieron en contacto para lograrlo antes de que el Parlamento comience a debatir el DNU 2010/09.

En ese sentido, Graciela Camaño, titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales, aseguró en declaraciones al diario Ámbito Financiero que "pese al receso legislativo, la Comisión está en condiciones de emitir un dictamen. De todas formas, vamos a iniciar consultas con otros diputados".

La reforma de la ley 26.122 sobre los DNU fue impulsada por Cristina Fernández de Kirchner en 2006, cuando era senadora. Y entre los principales cambios que promueve se encuentra el de aplicarles el mismo régimen que a las leyes para su aprobación.

Hasta ahora, para que un DNU sea aprobado basta con el visto bueno de una sola de las Cámaras. Y para derogarlo es necesario el consentimiento de los dos cuerpos.

Para Camaño, la legislación actual admite un "doble estándar" en la sanción de las normas. "Si una Cámara se pronuncia en contra, la norma debe perder validez, ya sea que estemos ante una ley o un decreto", consideró la legisladora justicialista.

Por su parte, Juan Pedro Tunessi, diputado de la UCR, explicó que el objetivo de la maniobra que planea la Comisión es "eliminar la sanción ficta" porque el DNU 2010/09 tiene vigencia hasta que se expida el Congreso y "eso debemos modificarlo".

El legislador radical se quejó además, de que sea más fácil derogar una ley que un decreto.

Por otro lado, el Comisión correría con la ventaja de que la presidenta Cristina Fernández de Kirchner evitó llamar a sesiones extraordinarias para tratar el DNU antes del 1 de marzo, por lo que les daría tiempo de emitir un dictamen sobre la modificación de la ley 26.122 antes del inicio de las sesiones ordinarias.

Si la oposición logra su objetivo, el decreto que crea el Fondo del Bicentenario debería ser aprobado por las dos Cámaras.

Pero si el DNU se aprueba por una Cámara, Camaño advirtió que "estaremos ante una inconstitucionalidad manifiesta por el doble estándar que regiría para la aprobación de una norma". Ese cuestionamiento ya está planteado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Otro de los cambios que intentarán imponer los legisladores a la ley 26.122 consistiría en fijar un plazo específico y expreso para que el plenario de las dos Cámaras trate el DNU una vez que la Comisión emita su dictamen.


¿Que pasará? Yo no lo sé,pero por mi experiencia, cualquier idea que permita a los políticos y sobre todo a los gobernadores gastar más y paliar sus déficits siempre cuenta con aliados .-

martin
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor martin » Sab Feb 06, 2010 9:35 pm

atila.xxi escribió:Alquien sabe por qué el proyecto del F.de Bi100 necesita solo la aprobación de una de las cámaras? Y la elección de "esa" cámara es a elección del gobierno?

Porque eso dice la ley. Muy simple.

profiterol
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor profiterol » Sab Feb 06, 2010 9:33 pm

atila.xxi escribió:Alquien sabe por qué el proyecto del F.de Bi100 necesita solo la aprobación de una de las cámaras? Y la elección de "esa" cámara es a elección del gobierno?

Reitero parte de un post de estamañana en el topic MErval, donde lo explico de acuerdo a mi humilde entender:


El marco normativo de los DNU empieza por el art. 99 inc 3ª de la Constitución y la ley que los termina regulando es la nro. 26.122, cuya constitucionalidad es por lo menos dudosa, especialmente el juego de sus arts:

ARTICULO 23. - Las Cámaras no pueden introducir enmiendas, agregados o supresiones al texto del Poder Ejecutivo, debiendo circunscribirse a la aceptación o rechazo de la norma mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.

Rechazo

ARTICULO 24. - El rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación de acuerdo a lo que establece el artículo 2º del Código Civil, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia.


En mi modesta opinión siguiendo con la saga de "trampa 22"

http://www.fglobal.org/fg/opinion/44/Tr ... co_Central

cuestiones como las que estamos analizando implican el dictado de una ley en un proceso normal . El uso del DNU, alegando urgencias y necesidades llevan todo al marco de la “emergencia sin fin” y es una trampa . Es así que, ante la perdida de mayoría parlamentario el Gobierno impone un nuevo sistema legislativo : dictado de DNU y convalidación por una sola de las Cámaras, sometida tanto por las necesidades económicas de las Provincias, como por la falta de hidalguía de sus gobernadores. (Ver http://www.abeceb.com/noticia.php?idNoticia=129620, citado por Phantom eb el Topic de TVPP).-

¿

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5 votos mas

Mensajepor atrevido » Sab Feb 06, 2010 7:57 pm

El gobierno necesita 5 votos para lograr el apoyo.

"En diálogo con Radio Mitre, el diputado nacional comentó que el oficialismo “está trabajando para que tenga aprobación parlamentaria” el proyecto del Fondo del Bicentenario, ya que su puesta en práctica es “una medida económica que va a significar que el Estado y los particulares puedan endeudarse a tasas la mitad más barata que ahora, es beneficioso para todos".

Para lograr su objetivo, el kirchnerismo requiere tan sólo de la aprobación de una de las cámaras y el foco está puesto justamente en Senadores, donde la fuerza K cuenta con 32 votos propios y la posibilidad de adherir a sus filas a cinco socios -el neuquino Horacio Lores, los fueguinos Juan Carlos Martínez y María Díaz y los pampeanos Juan Carlos Verna y María de los Ángeles Higonet- a cambio de promesas hacia las provincias

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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI

Mensajepor atrevido » Sab Feb 06, 2010 7:34 pm

Este post de profiterol es muy importante , por es lo traigo.
profiterol escribió:Acá la cuestión más que en Fondo del Bicentenario, y los montos que detalla el DNU 2010/09, está en la modificación de art. 6 de la ley de convertibilidad, que dice:

Articulo 6º.- Los bienes que integran las reservas mencionadas en los artículos anteriores son
inembargables, y pueden aplicarse exclusivamente a los fines previstos en la presente ley. Las reservas, hasta el
porcentaje establecido en el artículo 4º, constituyen, además, prenda común de la base monetaria. La base monetaria
en pesos está constituida por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en cuenta corriente o cuentas especiales.
Siempre que resulte de efecto monetario neutro, las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al
pago de obligaciones contraídas con organismos financieros internacionales.".


Mientras que el DNU expresa:

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 6º de la Ley Nº 23.928 y sus modificatorias por el siguiente:

“ARTICULO 6º.- Los bienes que integran las reservas mencionadas en los artículos anteriores son inembargables, y pueden aplicarse exclusivamente a los fines previstos en la presente ley. Las reservas, hasta el porcentaje establecido en el artículo 4º, constituyen, además, prenda común de la base monetaria. La base monetaria en pesos está constituida por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, en cuenta corriente o cuentas especiales.

Las reservas de libre disponibilidad podrán aplicarse al pago de obligaciones contraídas con organismos financieros internacionales y al pago de servicios de la deuda pública del Estado Nacional.”

Es decir: TODAS las que se denominan reservas de libre disponiblidad pueden pasar a ser destinadas al pago de servicios de la deuda pública del EstadoNacional, y olvidense del "efecto monetario neutro".-



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