Magicman escribió:No quiero decir pavadas, habría que verlo bien, pero me parece que con la última modificación impositiva respecto del tema acciones, no era lo mismo si cobras el dividendo en efectivo (estaría alcanzado) que si lo cobras en acciones (exento). Alguien que tenga más memoria que yo, su aporte es bienvenido...
Lo que planteas es correcto pero aplica sobre los ejercicios fiscales a partir del 1 de enero de 2018 por lo que no va a ocurrir en esta oportunidad.
Además, cuando esto ocurra en distribuciones posteriores la empresa está obligada a actuar como agente de retención por lo que a vos te va a llegar directamente el neto (igualmente en tu DDJJ de ganancias vas a tener que declararlo)
