Del boletín oficial de hoy
https://www.boletinoficial.gob.ar/#!Det ... 5/20171101
Si ENARSA vende el share en CITELEC, ¿esto puede afectar a Pampa? ¿Podría obligarla a vender una parte para no quedar como controlante? No recuerdo si el marco regulatorio lo prohíbe.
ARTÍCULO 6°.- Instrúyese al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA a impulsar las medidas necesarias para que INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. proceda a la venta, cesión u otro mecanismo de transferencia, según corresponda, de:
a. Los activos correspondientes a las Centrales Térmicas de Generación Eléctrica “Ensenada de Barragán” y “Brigadier López”, así como la transferencia del personal y contratos relacionados con dichas centrales. En el marco de dicha operación, deberán incluirse las condiciones y requisitos que aseguren la finalización y puesta en marcha de las obras de conversión a Ciclo Combinado de las referidas Centrales en el menor tiempo posible.
b. Los activos y los derechos correspondientes al proyecto Central Termoeléctrica Manuel Belgrano II.
No obstante ello, el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA podrá disponer la continuidad o cancelación del proyecto y definir e implementar, en caso de disponerse su continuidad, el mecanismo contractual que estime pertinente para su ejecución mediante inversión privada.
c. La participación accionaria de ENARSA en COMPAÑÍA INVERSORA DE TRANSMISIÓN ELÉCTRICA CITELEC SOCIEDAD ANÓNIMA.
A tales fines, el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA podrá encomendar a INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. el desarrollo de los procedimientos y la suscripción de los documentos contractuales que resulten necesarios para cumplir con los fines previstos en el presente decreto.