TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
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GAJ
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
Ah, otra cosa, las acciones cuentan para el calculo de Bienes personales, no asi los Bonos. Ademas los resultados obtenidos en las operaciones con opciones estan alcanzados por el impuesto a las ganancias.
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GAJ
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
Cuidado, las unidades vinculadas al crecimiento no son Titulos Publicos, son Warrants
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silverado
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
el hecho de hacer operaciones en la bolsa, te hace pasible de inspecciones?
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canicasar
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
cerato escribió:ojo que mi contador me dijo que los cupones al 31/12 no estàn exentos en bienes personales , en el impuesto a computar
Ojo cambia de contador ,si invertis en bolsa consegui uno que la tenga clara. TP, Cupones,acciones,opciones ,no pagan,si pagan tributo los fideicomisos desde hace un tiempo.
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Patricio2
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
cerato escribió:ahora es contador, tambièn,por dio que soberbia, como serà si tuviese la facha , por lo menos como la ota santillan....
Cerato, es que hay algunos que la ven venir, muchos otros la corren de atrás....
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Patricio2
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
incrédulo escribió:Cerato, es como dice Apolo, cupones y TP exentos de bienes personales para persona física.
Patricio2, que interesante tu consulta. Creo que la mayoría de las personas físicas considera exenta a la operatoria con opciones por ser un derivado de operaciones exentas (acciones y TP). Así opina la gente de bolsa que consulté y así las trato en mis declaraciones juradas.
De todas maneras, me parece que en la mayoría de los casos el tratamiento correcto sería gravarlas.
Esto dice la ley:
Art. 45 - En tanto no corresponda incluirlas en el artículo 49 de esta ley, constituyen ganancias de la segunda categoría:
j) Los resultados originados por derechos y obligaciones emergentes de instrumentos y/o contratos derivados.
Asimismo, cuando un conjunto de transacciones con instrumentos y/o contratos derivados, sea equivalente a otra transacción u operación financiera con un tratamiento establecido en esta ley, a tal conjunto se le aplicarán las normas de las transacciones u operaciones de las que resulte equivalente.
Quizás Darío de Junín nos ilustre con la opinión del Fisco.
Gracias Incrédulo!!
Como siempre, también agradecido por habernos abierto los ojos con esta inversión que tantas "alegrías" nos está dando.
Saludos
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incrédulo
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
Cerato, es como dice Apolo, cupones y TP exentos de bienes personales para persona física.
Patricio2, que interesante tu consulta. Creo que la mayoría de las personas físicas considera exenta a la operatoria con opciones por ser un derivado de operaciones exentas (acciones y TP). Así opina la gente de bolsa que consulté y así las trato en mis declaraciones juradas.
De todas maneras, me parece que en la mayoría de los casos el tratamiento correcto sería gravarlas.
Esto dice la ley:
Art. 45 - En tanto no corresponda incluirlas en el artículo 49 de esta ley, constituyen ganancias de la segunda categoría:
j) Los resultados originados por derechos y obligaciones emergentes de instrumentos y/o contratos derivados.
Asimismo, cuando un conjunto de transacciones con instrumentos y/o contratos derivados, sea equivalente a otra transacción u operación financiera con un tratamiento establecido en esta ley, a tal conjunto se le aplicarán las normas de las transacciones u operaciones de las que resulte equivalente.
Quizás Darío de Junín nos ilustre con la opinión del Fisco.
Patricio2, que interesante tu consulta. Creo que la mayoría de las personas físicas considera exenta a la operatoria con opciones por ser un derivado de operaciones exentas (acciones y TP). Así opina la gente de bolsa que consulté y así las trato en mis declaraciones juradas.
De todas maneras, me parece que en la mayoría de los casos el tratamiento correcto sería gravarlas.
Esto dice la ley:
Art. 45 - En tanto no corresponda incluirlas en el artículo 49 de esta ley, constituyen ganancias de la segunda categoría:
j) Los resultados originados por derechos y obligaciones emergentes de instrumentos y/o contratos derivados.
Asimismo, cuando un conjunto de transacciones con instrumentos y/o contratos derivados, sea equivalente a otra transacción u operación financiera con un tratamiento establecido en esta ley, a tal conjunto se le aplicarán las normas de las transacciones u operaciones de las que resulte equivalente.
Quizás Darío de Junín nos ilustre con la opinión del Fisco.
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Patricio2
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Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
cerato escribió:ojo que mi contador me dijo que los cupones al 31/12 no estàn exentos en bienes personales , en el impuesto a computar
apolo1102 escribió:
Tu contador esta errado.
Los cupones y los TP estan excentos.
Ya que estamos hago una consulta relacionada:
¿las opciones de títulos públicos cómo se contabilizan a los fines impositivos?
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