BPAT Banco Patagonia S.A.
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
¿cuánto es poco tiempo? tenés x días hasta que la CNV la apruebe y después tenés 25 días hábiles bursátiles para la aceptación... ponele mínimo mes y medio...
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
Gente alguién sabe quién vende en $5,18 si la OPA es en muy poco tiempo y garpan $ 5,36 de locos esto, mas alla de que si las quieren debería garparlas $ 7 de minima... yo no las largo hasta que no gatillen lo q vale.
-
- Mensajes: 276
- Registrado: Lun Jul 30, 2007 2:38 pm
- Ubicación: Buenos Aires
- Contactar:
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
casi 9 pesos
que barbaro
que linda opereta
donde salio esto punto 1?
que barbaro
que linda opereta
donde salio esto punto 1?
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
alacrán escribió:2,15 u$s= 8,90 maso
4.14 el verde?
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
2,15 u$s= 8,90 maso
-
- Mensajes: 276
- Registrado: Lun Jul 30, 2007 2:38 pm
- Ubicación: Buenos Aires
- Contactar:
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
cuando fue esto punto1?
la vendieron en mas de 8,5 casi
la vendieron en mas de 8,5 casi
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
Como objetivo final seguro que es así como decís pero en un principio tanto éste como el ITAÚ que tambien pasó con intención de compra querían entrar con menos del 50 %.
-
- Mensajes: 276
- Registrado: Lun Jul 30, 2007 2:38 pm
- Ubicación: Buenos Aires
- Contactar:
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
alacrán escribió:La clave pasa por acá JUANCHO.
2. Régimen Estatutario Optativo
El artículo 24 del Decreto Nº 677/01 establece que la sociedades cuyas acciones están admitidas a la oferta pública quedarán automáticamente comprendidas en el régimen de la OPA obligatoria previsto en el artículo 23 a partir del cierre de la primera asamblea que se celebre luego de transcurridos doce meses contados desde la fecha de vigencia de su reglamentación, es decir desde el 6 de abril de 2002 (Resolución CNV Nº 401/02).
Para que una sociedad cuyas acciones estén admitidas al régimen de la oferta pública no quede comprendida en el régimen de la OPA obligatoria, en la primera asamblea de accionistas que celebre después del 6 de abril de 2003, deberá adoptar una resolución expresa por medio de la cual incorpore en sus estatutos sociales la siguiente cláusula: “Sociedad No Adherida al Régimen Estatutario Optativo de Oferta Pública de Adquisición Obligatoria”.
Esta es la forma de esquivar la obligatoriedad.
fijate cuantas sociedades del merval lider que tengan participacion de la anses no estan adheridas.......
o cuantas sociedades que cotizan no estan adheridas....
por otra parte te cuento que el bdb queria el 75%
mira el si el BDB el banco mas grande de latinoamerica va a querer entrar con el 30%.....
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
De todas formas JUANCHO tengo entendido que en un principio los brasucas tuvieron la intención de adquirir menos del 51 % para evitar la obligación de efectuar ( en los casos de adhesión al DECRETO 677 como el de BPAT ) la OPA a lo que se opusieron los STUART MILNE. De ahí mi defensa hacia ellos.
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
La clave pasa por acá JUANCHO.
2. Régimen Estatutario Optativo
El artículo 24 del Decreto Nº 677/01 establece que la sociedades cuyas acciones están admitidas a la oferta pública quedarán automáticamente comprendidas en el régimen de la OPA obligatoria previsto en el artículo 23 a partir del cierre de la primera asamblea que se celebre luego de transcurridos doce meses contados desde la fecha de vigencia de su reglamentación, es decir desde el 6 de abril de 2002 (Resolución CNV Nº 401/02).
Para que una sociedad cuyas acciones estén admitidas al régimen de la oferta pública no quede comprendida en el régimen de la OPA obligatoria, en la primera asamblea de accionistas que celebre después del 6 de abril de 2003, deberá adoptar una resolución expresa por medio de la cual incorpore en sus estatutos sociales la siguiente cláusula: “Sociedad No Adherida al Régimen Estatutario Optativo de Oferta Pública de Adquisición Obligatoria”.
Esta es la forma de esquivar la obligatoriedad.
2. Régimen Estatutario Optativo
El artículo 24 del Decreto Nº 677/01 establece que la sociedades cuyas acciones están admitidas a la oferta pública quedarán automáticamente comprendidas en el régimen de la OPA obligatoria previsto en el artículo 23 a partir del cierre de la primera asamblea que se celebre luego de transcurridos doce meses contados desde la fecha de vigencia de su reglamentación, es decir desde el 6 de abril de 2002 (Resolución CNV Nº 401/02).
Para que una sociedad cuyas acciones estén admitidas al régimen de la oferta pública no quede comprendida en el régimen de la OPA obligatoria, en la primera asamblea de accionistas que celebre después del 6 de abril de 2003, deberá adoptar una resolución expresa por medio de la cual incorpore en sus estatutos sociales la siguiente cláusula: “Sociedad No Adherida al Régimen Estatutario Optativo de Oferta Pública de Adquisición Obligatoria”.
Esta es la forma de esquivar la obligatoriedad.
-
- Mensajes: 276
- Registrado: Lun Jul 30, 2007 2:38 pm
- Ubicación: Buenos Aires
- Contactar:
Re: BPAT Banco Patagonia S.A.
no conozco lo que ha pasado en QF
pero si en otras opas
pero igual,ente no es el caso para discutir
una opa no depende de la buena voluntad de los vendedores, ese es el punto
pero si en otras opas
pero igual,ente no es el caso para discutir
una opa no depende de la buena voluntad de los vendedores, ese es el punto
¿Quién está conectado?
Usuarios navegando por este Foro: Ahrefs [Bot], Amazon [Bot], Bing [Bot], GARRALAUCHA1000, Google [Bot], Majestic-12 [Bot], Semrush [Bot] y 200 invitados