Arucho escribió:no, podes transferir por MEP o depositar un cheque en la cuenta del agente
El mismo dia que entra en vigencia esta "normativa", tambien entra en vigencia el cheque cancelatorio. ESO ES LO QUE YO LLAMO CONGRUENCIA...
Arucho escribió:no, podes transferir por MEP o depositar un cheque en la cuenta del agente
Arucho escribió:gente les copio y pego una circular de un agente, de esto ya veníamos hblando.
Estimados Clientes,
Adecuandonos a la Normativa Vigente, xxxxxxxx S.B.S.A. ha realizado las siguientes modificaciones.
A) Ingresos de Pesos - Pago a clientes.
Solo se podrán recibir por cliente y por día, fondos en efectivo por un importe que no exeda los $1000 (pesos: un mil)
En el caso de cheques, éstos deben ser del titular o co-titular de la cuenta o ser beneficiario del cheque, los cuales deben tener endoso completo con la siguiente leyenda "Para aplicar al pago de operaciones xxxxxxxxx SBSA AG.xxx".
En cuanto a transferencias bancarias deben proceder de cuentas a la vista del Titular o Co-titular del Cliente.
B) Egreso de Pesos - Pagos a Clientes.
No se podrán emitir más de 2 pagos ni más de 2 cheques por día y por cliente.
Los cheques deberán estar librados a favor del cliente con clausula NO A LA ORDEN.
Las presentes modificaciones entrarán en vigencia a partir del 23/11/2010.
Acompañamos la Circular para una mayor ilustración. En lo sucesivo les molestaremos con la firma como recibida.
Saludos.
Mr_Baca escribió:En mi SB no cambio nada...
ELRUSITO escribió:libro "ANALISIS TECNICO DE MERCADOS FINANCIEROS" Murphy (bilbia de AT)
tordo75 escribió:lo compraste o la bajaste de algún lado?? no puedo encontrarlo yo
Arucho escribió:no, podes transferir por MEP o depositar un cheque en la cuenta del agente
Arucho escribió:gente les copio y pego una circular de un agente, de esto ya veníamos hblando.
Estimados Clientes,
Adecuandonos a la Normativa Vigente, xxxxxxxx S.B.S.A. ha realizado las siguientes modificaciones.
A) Ingresos de Pesos - Pago a clientes.
Solo se podrán recibir por cliente y por día, fondos en efectivo por un importe que no exeda los $1000 (pesos: un mil)
En el caso de cheques, éstos deben ser del titular o co-titular de la cuenta o ser beneficiario del cheque, los cuales deben tener endoso completo con la siguiente leyenda "Para aplicar al pago de operaciones xxxxxxxxx SBSA AG.xxx".
En cuanto a transferencias bancarias deben proceder de cuentas a la vista del Titular o Co-titular del Cliente.
B) Egreso de Pesos - Pagos a Clientes.
No se podrán emitir más de 2 pagos ni más de 2 cheques por día y por cliente.
Los cheques deberán estar librados a favor del cliente con clausula NO A LA ORDEN.
Las presentes modificaciones entrarán en vigencia a partir del 23/11/2010.
Acompañamos la Circular para una mayor ilustración. En lo sucesivo les molestaremos con la firma como recibida.
Saludos.

pitufo72 escribió:La semana pasada tomé caución a 7 días(ayer renové) y así pensaba ir renovándola ,tomé por la mitad de guita que tengo en tvpp($1 mío , $0.50 prestados, 0.50/1.50 x100 , eso sería 33.3% si no hice mal las cuentas), mi operador me informa que no puedo cobrar la renta acreditada de unos BPLD que tenía porque estoy en descubierto ,y por lo tanto hasta que no cancele la caución no los puedo cobrar, puede ser así o me están chamullando?? Perdón por el off topic, pero quisiera saber si es así como me informaron..
hstibanelli escribió:o te dejan operar en descubierto o estas caucionado, de cualquier manera la renta de un bono no tiene nada que ver.
capi escribió:se fue Jose Paredes_?
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