candado8 escribió: ↑ La opción A queda claro que no paga solo al cambio oficial como dijeron por ahí, sino que es: cambio oficial + CER + 3,25%. Para mí si lo pagan está bien.
La opción B no la entiendo(porque no me queda claro cual sería el " Tipo de Cambio Aplicable") pero me tranquiliza que se cobra la que resulte mejor de las dos. O sea, como mínimo la opción A. Y si la B es mejor, entonces la B (sea lo que sea).
Para mí la única contra sería el riesgo de impago, o reestructuración si esta es muy mala. Lo cual no es poco, ni para nada improbable.
la opcion A es tipo de cambio oficial del dia de emision mas cer
opcion B es tipo de cambio oficial al vencimiento.