Matutino escribió:No así de Bienes Personales acciones y participaciones societarias; no es que se está exento; sino que lo paga la empresa como responsable sustituto; no por la cotización sino por el valor libros (si mal no recuerdo). Algunas empresas te reclaman el pago después, otras se hacen cargo y otras lo descuentan de los dividendos que pagan.
Pero es cierto que puede que haya movimiento hacia acciones para evitar dejar reflejado al 31/12 activos gravados.
Estimado, esta confundiendo conceptos. Las Personas Juridicas pagan BS PERSONALES RESPONSABLE SUSTITUTO (precisamente lo que menciona). Las personas FISICAS no pagan bienes personales sobre las tenencias de acciones al 31/12 (el unico requerimiento impositivo es la declaración en la DDJJ de las tenencias al 31/12 pero NO tributan impuesto).
