Budista escribió:Fué con humor... No fué mala tuya.. Es tu opinión y la respeto... Te lo digo en serio
La mía sin humor es que esto no sale....
Vos te jugás en tu opinión y yo en a mía...
El mayor respeto es aceptar no estar de acuerdo...
Y si sale como vos decis recibirás mi reconocimiento... Aunque eso no será nada en relación a la guita que vas a hacer...
Ojalá..
Saludos
Evidentemente alguien no está entendiendo, puedo ser yo. No opiné si sale o no sale. No opiné sobre posibles cotizaciones. Opiné materia objetiva. Cuando hay una RTO una compañía que funciona como filial, absorve a una matriz, de allí su denominación que pretende significar cómo se realiza este tipo de fusiones que así y todo puede darse de dos maneras distintas: por incorporación o impropia. Sea como sea la fusión inversa, la deuda la tiene la filial con la matriz, pero al absorber la deudora a la acredora esta deuda se licua en la fusión. Desgraciadamente esto no es materia opinable. Entonces, lo que queda es la obligación tributaria que queda como resultado de la deuda originante que no se puede disolver.
Yo no emití ninguna opinión, simplemente dije que era evidente tu desconocimiento sobre la fusión, lo que sucede con activos, pasivos, sobre la estructura societaria de la filial y de la matriz, porque mencionaste la deuda de Mercuria cuando esa deuda queda licuada en la fusión...
Las opiniones te las dejo a vos, yo prefiero intercambiar ideas sobre cuestiones más objetivas.
Saludos.