mr_osiris escribió:con TS o con Repsol no se..
pero con APBR tambien estas exento ..
porque por mas que sea extranjera, cotiza en un mercado argentino normalizado, formando parte del indice merval ..
por eso te retienen cuando cobras dividendos, de otra manera no deberian retenerte nada ....
por otra parte la "formula" que propones es solo una parte del problema ..
si te cobran el %25 del %26 es como haber hecho un plazo fijo al %18 ...........
si no se toma tambien el tipo de cambio, es joda ....
El 25% del 26% es un 6,5% exactamente, o sea la tasa neta me queda en 19,5 %, un plazo fijo como Ud. dice.
Lo razonable sería restando inflación, suponiendo interés de 26% e inflación del 24%, mi "ganancia" es tan sólo 2%, el impuesto correspondería 0,5% entonces.
Las acciones que le menciono tributan, las que tienen sede en Argentina no porque se aplica la exención por doble tributación, esas empresas ya pagan ganancias y bbpp, por lo tanto sus accionistas no deben pagar porque sería doble tributo.
Apbr tiene sede en Brasil, TS en Luxemburgo y Repsol en España, por lo tanto, accionistas argentinos deben tributar.