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Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:09 pm
por dragon
VENIMOS A UNIR A LOS ARGENTINOS :shock:

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:08 pm
por cabeza70
este modelo hace que tu comercio exterios sea mas deficitario, somos cada vez mas caro en dolares...

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:08 pm
por Athila
:idea: La kk terrorista diana conti es stalinista, tendrá idea lo que hacía stalin con estos terroristas :?: simplemente los masacraba...

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:07 pm
por dragon
:shock:

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:07 pm
por gina
quique43 escribió:Està todo escrito, solo falta aplicar la ley.

DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA CODIGO PENAL ARGENTINO

Capítulo I

Atentado y resistencia contra la autoridad

ARTICULO 237. - Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones.

ARTICULO 238. - La prisión será de seis meses a dos años:

1 Si el hecho se cometiere a mano armada;

2 Si el hecho se cometiere por una reunión de más de tres personas;

3 Si el culpable fuere funcionario público;

4 Si el delincuente pusiere manos en la autoridad.

En el caso de ser funcionario público, el reo sufrirá además inhabilitación especial por doble tiempo del de la condena.

ARTICULO 238 bis - El militar que pusiere manos en el superior, sin lesionarlo o causándole lesiones leves, será penado con prisión de uno (1) a tres (3) años.

Si el hecho tuviere lugar frente al enemigo o a tropa formada con armas, o si se cometiere en número de seis (6) o más, el máximo de la pena será de seis (6) años.

(Artículo incorporado por art. 10 del Anexo I de la Ley N° 26.394 B.O. 29/8/2008. Vigencia: comenzará a regir a los SEIS (6) meses de su promulgación. Durante dicho período se llevará a cabo en las áreas pertinentes un programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación)



ARTICULO 239. - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.

ARTICULO 240. - Para los efectos de los dos artículos precedentes, se reputará funcionario público al particular que tratare de aprehender o hubiere aprehendido a un delincuente en flagrante delito.

No pasa nada quique...el gobierno NO tiene poder de VERDAD.( no tiene ni quorum ni para diputados)..se junta la malapraxis del gobierno.creyéndose q salia con fritas...y el desastre q dejaron la lacra imunda anterior.

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:06 pm
por cabeza70
keit, crecimiento magro, rebote nada mas, hay que pagar 30 mil palos verdes el año que viene en intereses, deficit en turismo, deficit comercial, no hay generacion genuina de dolares...

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:06 pm
por Alfredo 2011
Algunos de los elementos secuestrados hace instantes en micros que llevaban manifestantes. Operativo de La Bonaerense. Gomeras y Palos y Canicas
Las Canicas de los Jubilados.JPG
Las Canicas de los Jubilados.JPG (76.85 KiB) Visto 330 veces

Hay que llamar uregente a los DESECHOS HUMANOS... Ya!!!! Es una injusticia que le secuestren las Bolitas a los jubilados, son para entretenerse mientras realizan la manifestación. Qué Gobierno represor MacriGato.

Que país de &#* :golpe:

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:06 pm
por AKD
Insisto, como dijo Robert Duvall, "no hay nada como el olor a Napalm en la mañana ..."

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:05 pm
por garralaucha
Keith Richards escribió:Vos pedís que rajen empleados públicos y no le den plata a los piquiteros?
igual, la actividad está creciendo así que le estás errando.
También habría que decir que hay 3 millones de jubilados nuevos que no aportaron.
Y bueno, hay que pagar ahora la fiesta de la dictadura K.
O les sacamos la jubilaciones esas??

ESTAMOS CONDENADOS AL EXITO AJAJAJA :2222: :2222:

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:05 pm
por Athila
Los que lastiman a un policía, son criminales, personalmente los fusilaría pero, al menos deberían tener reclusión perpetua y trabajo forzado.-

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:04 pm
por garralaucha
quique43 escribió:Està todo escrito, solo falta aplicar la ley.

DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA CODIGO PENAL ARGENTINO

Capítulo I

Atentado y resistencia contra la autoridad

ARTICULO 237. - Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones.

ARTICULO 238. - La prisión será de seis meses a dos años:

1 Si el hecho se cometiere a mano armada;

2 Si el hecho se cometiere por una reunión de más de tres personas;

3 Si el culpable fuere funcionario público;

4 Si el delincuente pusiere manos en la autoridad.

En el caso de ser funcionario público, el reo sufrirá además inhabilitación especial por doble tiempo del de la condena.

ARTICULO 238 bis - El militar que pusiere manos en el superior, sin lesionarlo o causándole lesiones leves, será penado con prisión de uno (1) a tres (3) años.

Si el hecho tuviere lugar frente al enemigo o a tropa formada con armas, o si se cometiere en número de seis (6) o más, el máximo de la pena será de seis (6) años.

(Artículo incorporado por art. 10 del Anexo I de la Ley N° 26.394 B.O. 29/8/2008. Vigencia: comenzará a regir a los SEIS (6) meses de su promulgación. Durante dicho período se llevará a cabo en las áreas pertinentes un programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación)



ARTICULO 239. - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.

ARTICULO 240. - Para los efectos de los dos artículos precedentes, se reputará funcionario público al particular que tratare de aprehender o hubiere aprehendido a un delincuente en flagrante delito.

ME DAS NONI JAJAJJAJJA :2236: :2236:

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:04 pm
por Keith Richards
cabeza70 escribió:no hay mucha vuelta,creciendo o echando gente, estos muchachos echaron gente del otro gobierno y aumentaron la cantidad de empleados con mejores sueldos, han creado mas secretarias, se pusieron a regalar plata de entrada a los piqueteros sabiendo que no la tenian, sacaron retenciones, caida de la actividad...

Vos pedís que rajen empleados públicos y no le den plata a los piquiteros?
igual, la actividad está creciendo así que le estás errando.
También habría que decir que hay 3 millones de jubilados nuevos que no aportaron.
Y bueno, hay que pagar ahora la fiesta de la dictadura K.
O les sacamos la jubilaciones esas??

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:03 pm
por dragon
ESTO TERMINA MAL :102: :abajo:

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:02 pm
por quique43
Està todo escrito, solo falta aplicar la ley.

DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA CODIGO PENAL ARGENTINO

Capítulo I

Atentado y resistencia contra la autoridad

ARTICULO 237. - Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que empleare intimidación o fuerza contra un funcionario público o contra la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de un deber legal, para exigirle la ejecución u omisión de un acto propio de sus funciones.

ARTICULO 238. - La prisión será de seis meses a dos años:

1 Si el hecho se cometiere a mano armada;

2 Si el hecho se cometiere por una reunión de más de tres personas;

3 Si el culpable fuere funcionario público;

4 Si el delincuente pusiere manos en la autoridad.

En el caso de ser funcionario público, el reo sufrirá además inhabilitación especial por doble tiempo del de la condena.

ARTICULO 238 bis - El militar que pusiere manos en el superior, sin lesionarlo o causándole lesiones leves, será penado con prisión de uno (1) a tres (3) años.

Si el hecho tuviere lugar frente al enemigo o a tropa formada con armas, o si se cometiere en número de seis (6) o más, el máximo de la pena será de seis (6) años.

(Artículo incorporado por art. 10 del Anexo I de la Ley N° 26.394 B.O. 29/8/2008. Vigencia: comenzará a regir a los SEIS (6) meses de su promulgación. Durante dicho período se llevará a cabo en las áreas pertinentes un programa de divulgación y capacitación sobre su contenido y aplicación)



ARTICULO 239. - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.

ARTICULO 240. - Para los efectos de los dos artículos precedentes, se reputará funcionario público al particular que tratare de aprehender o hubiere aprehendido a un delincuente en flagrante delito.

Re: Actualidad y política

Publicado: Lun Dic 18, 2017 2:02 pm
por .coloso2
dragon escribió:NI ME QUIERO IMAGINAR LO QUE VA A SUCEDER SI SE
APRUEBA LA REFORMA :abajo: :102:



deja de tirar tuercas con la gomera (hacelo al menos por tu Flia), le pegaste recién a un pibe de la Metropolitada que tiene 18 años NO TENES CARA, ESE POBRE PIBE PUEDE SER UN PARENTE TUYO