Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
Publicado: Sab May 28, 2011 7:36 pm
no ven oportuno lentamente pasar de tvpy a tvpp...
Foro Bursátil
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criacuervos escribió:Estoy tentado.. que hago ? .. lo digo ?.. pero empiezan los bolonquis.. no lo digo ? siento que falto a mi deber ....
que hago ?... lo digo ?.. no mejor no lo digo..
martin escribió:2 peines por lo visto !!
rcabsy escribió:Una ves que entraste en un cupon, accion estas dentro del barco y en el baile de que suba o baje pero si entras en el momento adecuado te evitas dolores de cabeza, y es lo que siempre hago.Si alguno piensa diferente barbaro...
atrevido escribió:En mi opinion, hay que Distinguir entre los cupones que tiene uno -- los que tenia ANTES de caucionarse Y LOS QUE COMPRO CON LA CAUCION..
Si la venta de todos los cupones que uno adquirio con la caucion SUPERA la deuda que uno tiene por la caucion uno esta tranquilo.
El problema surge cuando uno ve que ante una baja de xx por ciento, uno deberia vender los titulos que compro con la caucion y TAMBIEN algunos propios.
En definitiva, lo que ocurre es que esta fluctuacion de la cartera de uno no es una perdida(se trata de un error conceptual) porque el cacho no te llama por telefono para vender nada porque tenes soga y caucion razonable.
Esa fluctuacion negativa de la comitentes no es perdida real, pero genera ciera intranquilidad, vamos, no jodan...por mas que haya soga esto molesta y mas molesta que uno tuviera que vender algunos nominales si quisiera cancelar caucion.
Cual es el limite?
Unos hacen las cuentas y se tranquilizan teniendo caucion no por un aforo determinado, sino porque piden al mercado LO MISMO que sus cupones les dan en diciembre en concepto de recupero de capital.El razonamiento es este: en diciembre cancelo caucion si quiero y si quiero renuevo.
Otros/, tienen una caucion que impliCA el adelantamiento de los pagos del 2011 y 2012.Es decir, cancelan caucion con lo cobrado estos dos pagos si quisieran.
Yo estoy en una posicion intermedia entre ambas.Mi caucion se cancela con un 61% con lo cobrado en diciembre si quisiera , quedandome una caucion que implicaria un 20% de ese momento.
Considerar el pago de los diciembres como posibilidad de poder cancelar caucion en parte o totalmente es una posibilidad que tenemos disponible y que debe tranquilizarnos,-- aparte de las concretas posibilidades que 2012 dispare otro pago