incrédulo escribió:Creo que nos tenemos que concentrar en el tema del contrato con CAMSA, por lo menos de acá hasta la asamblea.
Recién ahora hice algo de tiempo para verlo más en detalle, hay un montón para analizar al respecto, les paso mis principales ideas para no hacer algo tan largo:
Importe honorarios en millones de pesos:
Ejercicio Res.Cresud individual Res.Cresud + controladas, asoc. Y neg. Conjuntos Honorarios originales Honorarios recalculados
anteriores 0 256
2014/15 -462 1.318 11 145
2015/16 -1.016 4.841 0 534
2016/17 -716 1.795 0 200
Quiere decir que por el cambio de criterio contable, el honorario correspondiente a los servicios de CAMSA pasó de 11 m a 935 m en forma retroactiva, y de 0 a 200 m para el ejercicio 2016/17. O antes el precio era irrisorio, o ahora es exorbitante …
Esto impacta también en el importe a pagar en el caso de revocación del contrato (el doble del promedio de honorarios de los dos ejercicios anteriores), que pasó de 0 a 267 m.
Tratándose de un contrato de consultoría, que es un tipo de contrato de prestación de servicios, se estaría modificando el pago correspondiente en forma retroactiva, cuando los servicios ya fueron prestados. Esto implica incluso una modificación retroactiva no sólo de los resultados de Cresud, sino también de los de CAMSA, y de todos los contratos de ambas que tomen como referencia el resultado. Incluso, habría una modificación de los resultados impositivos. Concretamente, en el caso de Cresud, disminuye el resultado impositivo de ejercicios anteriores (la ganancia por revaluación de propiedades no impacta impositivamente, pero la deuda por honorarios de CAMSA sí).
Al margen de este impacto inesperado, surgen otros aspectos llamativos y preocupantes relativos al contrato con CAMSA:
CAMSA pertenece en un 85% al presidente del directorio de Cresud (Elztain) y un 15% al vicepresidente (Zang). No sólo eso, el presidente de Cresud además de ser el dueño del 85% de CAMSA es también presidente de su directorio, el vicepresidente es vicepresidente segundo de CAMSA. ¿Cómo pueden Elztain y Zang evitar los conflictos de intereses?¿Es correcto que cobren por asesoramiento, interponiendo la consultora que les pertenece, siendo directores?¿Cuáles son entonces sus obligaciones como directores?¿No tienen que poner a disposición todo su conocimiento?¿Para qué pagarle entonces a su consultora si se los tiene en persona y de manera directa?
CAMSA brinda asesoramiento, y como contraprestación recibe un 10% del resultado total de Cresud. Cabe concluir que entonces Cresud no hace nada sin el asesoramiento de CAMSA, por eso paga sobre el total del resultado. Cresud es una empresa de magnitud muy superior a CAMSA (en facturación, volumen de activos, cantidad de directores, gerentes y empleados, trayectoria, etc). Resulta preocupante que una empresa de la magnitud de Cresud dependa de las oportunidades y el asesoramiento que reciba por medio de un contrato de consultoría de una empresa de mucho menor escala, prestigio y nivel de conocimiento como CAMSA. ¿Qué pasaría por citar un ejemplo si CAMSA desaparece, o rescinde el contrato?
CAMSA actúa en representación de Cresud en dichas operaciones, negociando las condiciones. Siendo CAMSA una empresa muy menor a Cresud, fuera de su control, ¿cómo puede garantizar a Cresud la confidencialidad en el manejo de dichas negociaciones?¿De qué manera se asegura Cresud de que CAMSA no se desvíe y privilegie otros intereses?
Cresud como empresa individual en los últimos años dio pérdida contable, la ganancia generada por el nuevo criterio contable viene de sus controladas. CAMSA asesora a Cresud, no a sus controladas, pero cobra sus honorarios a Cresud, incluyendo el resultado proveniente de sus controladas. En otras palabras, según los balances, Irsa gana plata, Cresud pierde plata, pero como tiene acciones de Irsa, muestra ganancia en el balance. CAMSA asesora a Cresud, no tiene ningún contacto con Irsa, pero se beneficia con el 6,3% de las ganancias de Irsa (el 10% del 63% de Irsa que es de Cresud). Según este contrato, CAMSA seguirá llevándose un 10% de la ganancia de Irsa que corresponde a Cresud, ¿en concepto de qué?¿Por haber aconsejado a Cresud la compra de acciones de IRSA?¿Hace tantos años?¿Hasta cuándo?
A CAMSA le corresponde el 10% de las ganancias contables de Cresud.¿Cómo se fijó ese porcentaje?¿Qué parámetro hay para comparar?¿Qué otra cotizante tiene un contrato similar?¿Qué pasa si de la misma manera en que se aprobó ese contrato de consultoría se aprueba un aumento en el % que le corresponde a CAMSA?
Todo esto parece demostrar que se trata de una maniobra evidente y bastante rústica para que Elztain y Zang y/u otros implicados se queden con ganancias de los minoristas. Quizás con el tema del cambio de criterio contable esto tuvo dimensiones inesperadas. Creo que como minoristas tenemos que apuntar a terminar con este asunto de la manera más decorosa posible.
Me parece impecable el razonamiento. Tampoco entiendo como se puede llevar el 10% de lo que ingresa por la participación en IRSA, siendo que el mismo es un resultado contable (a no ser que IRSA pague dividendos). Tampoco creo que le saquen liquidez a Cresud para pagar esos honorarios, quiero creer, aunque estarían en su derecho.
Por otro lado, un punto favorable es que tienen una motivación inmensa en mostrar resultados netos favorables ya que se llevarían el 10% de todo lo ganado (esto va en contra de lo que dicen muchos, que no quieren mostrar resultados netos positivos).
Entonces creo que si decide que no se pague ese 10% hasta que a Cresud le llegue la liquidez necesaria, no me parece tan malo el contrato con Camsa.