AKD escribió:¿Tan difícil es entender que si es la esposa o el marido del intendente no puede ir de candidato primer concejal ...?
¿O sos tan bolludo como parecés ...?
ARTICULO 15°: (Texto según Ley 11.024) En la fecha que legalmente corresponda
para la renovación de autoridades el Intendente electo tomará posesión de su cargo.
Cuando por cualquier circunstancia, temporaria o permanente, el Intendente electo no
tomara posesión de su cargo, lo reemplazará en forma interina o permanente, según
sea el caso, el primer candidato de la lista de Concejales del partido al que
perteneciera, que hubiera sido consagrado conjuntamente con aquél. En caso de
fallecimiento, excusación o impedimento del primer candidato, lo reemplazará el
segundo y así sucesivamente.
En el caso de suspensión preventiva, asumirá durante el lapso que dure la misma, el
primer Concejal de la lista a que perteneciere y que hubiere sido electo conjuntamente
con aquél, y de estar imposibilitado éste, el segundo, y así sucesivamente, que
hubieran sido electos conjuntamente con aquél.
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En caso de destitución del Intendente por las causas previstas en el artículo 249º el
Poder Ejecutivo convocará a elecciones conforme el artículo 123º de la Ley 5109, (
T.O. Decreto 997/93) y sus modificatorias.
ARTICULO 16°: El Concejal que por aplicación del artículo anterior ocupe el cargo de
Intendente, será reemplazado mientras dure ese interinato, por el suplente de la lista de
su elección que corresponda.
DEBATE CERRADO. SOS UN RIDICULO.