PRESIDENCIA DE LA NACION
Decreto 648/2004
Apruébanse las estructuras organizativas de primer nivel operativo de la Secretaría General y de la Casa Militar. Créanse la Coordinación General de Asuntos Técnicos de la Unidad Presidente y la Coordinación General de Asuntos Político Institucionales de la Unidad Presidente. Modifícase el Decreto Nº 357/2002 y derógase el Decreto Nº 2470/90 y sus modificatorios.
Art. 15. — Establécese que, en función de los términos que fija el artículo 14, en los casos de desplazamientos terrestres dentro y fuera del país, la custodia del Señor Presidente de la Nación y su familia estará a cargo de la División Custodia Presidencial, conforme las directivas y órdenes que imparta el Jefe de la Casa Militar y las establecidas en el artículo 8º del Decreto Nº 3469 del 7 de mayo de 1963.
CASA MILITAR
OBJETIVOS
1. Proveer la seguridad del señor Presidente de la Nación y sus familiares directos, como así también de la Casa de Gobierno, Residencia Presidencial de Olivos y otros lugares de residencia transitoria del señor Presidente y su familia.
3. Proveer los servicios de movilidad aérea del señor Presidente de la Nación y los de la CASA MILITAR.
Decreto ley del 26/05/2004, Presidente Néstor Kirchner.
Desde entonces, cualquier familiar del presidente de la nación puede disponer de los medios necesarios para su movilidad...
