Athila escribió: ↑
Es cierto, pero al margen, es una posibilidad me parece.-
La Resolución General N° 779/2018 de la CNV (la “Resolución”), publicada en el Boletín Oficial el 28 de diciembre de 2018, confirmó la nueva reglamentación de la CNV para las OPA.
OPA obligatoria
La LMC dispone que quedará obligado a formular una OPA a un precio equitativo aquel que, de manera individual o mediante actuación concertada, haya alcanzado, de manera efectiva, una participación de control de una sociedad cuyas acciones se encuentren admitidas en el régimen de oferta pública.
La LMC dispone también que una persona adquiere, en forma individual o concertadamente con otras personas, una participación de control cuando (i) alcance directa o indirectamente un porcentaje de derechos de voto igual o superior al 50 % de la sociedad, quedando excluidas de la base de cómputo las acciones que pertenezcan, directa o indirectamente, a la sociedad afectada; o (ii) haya alcanzado una participación inferior al 50 % de derechos de voto de una sociedad, pero actúe como controlante (entendiéndose por controlante aquel que posea en forma directa o indirecta, individual o conjuntamente, una participación que le otorgue los votos necesarios para formar la voluntad social en asambleas ordinarias o para elegir o revocar la mayoría de los directores o consejeros de vigilancia).
La LMC dispone que el procedimiento de OPA deberá realizarse con posterioridad a la toma de control. El plazo para presentar la oferta será de 1 mes desde el momento en que se haya alcanzado la participación de control.