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Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:52 pm
por Javierdib
davinci escribió:no veo donde se dio ese split.. cuando decis?

no digo que sucedio, solo dije en el supuesto, no lo se justamente estaba buscando esa informacion

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:50 pm
por davinci
Javierdib escribió:roque en el caso de que vos suponiendo compraste 1 accion a 20,70 y despues hizo un split 2 x 1 y hoy cotiza a 20,70, te estas olvidando que en vez de 1 tenes 2 acciones

no veo donde se dio ese split.. cuando decis?

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:49 pm
por Cristian5432
Roque Feler escribió:Si hubo algún split tipo 2X1 estamos de acuerdo. Pero tengo entendido que fueron suscripciones por ampliación de capital.

Si no suscribís al momento de un aumento de capital se te licúa la tenencia.

En ese caso no es un problema de subvaluación de la empresa, sino de una reducción en el % que tenés de la torta total.

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:48 pm
por elcontable
davinci escribió:ya que les gusta lo sintentico.. .. en 1997 valia 20,7 u$s .. hoy en 2017.. 20 años despues vale 20,60.. . :roll:

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EXCELENTE EJEMPLO!!

CUANTO VALDRA CRESUD DENTRO DE 10 AÑOS???

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:47 pm
por davinci
LJP escribió:que capital tenia en 1997?

pq sino confundis precio con capitalizacion bursatil

:116: :pared:

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:46 pm
por Roque Feler
Javierdib escribió:roque en el caso de que vos suponiendo compraste 1 accion a 20,70 y despues hizo un split 2 x 1 y hoy cotiza a 20,70, te estas olvidando que en vez de 1 tenes 2 acciones

Si hubo algún split tipo 2X1 estamos de acuerdo. Pero tengo entendido que fueron suscripciones por ampliación de capital.

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:44 pm
por Javierdib
Roque Feler escribió:Eso es algo que no entiendo cuando lo plantean, si yo hace 10 años que estoy invertido y la acción sigue estando al mismo precio, salvo que haya distribuido jugosos dividendos, estoy perdiendo fiero. A mi no me importa que ahora sean 500 millones las acciones y antes eran 250 millones.

Si estaba cara cuando la compré es otro tema, pero yo sigo con la misma guita que entonces.

roque en el caso de que vos suponiendo compraste 1 accion a 20,70 y despues hizo un split 2 x 1 y hoy cotiza a 20,70, te estas olvidando que en vez de 1 tenes 2 acciones

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:42 pm
por Roque Feler
LJP escribió:que capital tenia en 1997?

pq sino confundis precio con capitalizacion bursatil

Eso es algo que no entiendo cuando lo plantean, si yo hace 10 años que estoy invertido y la acción sigue estando al mismo precio, salvo que haya distribuido jugosos dividendos, estoy perdiendo fiero. A mi no me importa que ahora sean 500 millones las acciones y antes eran 250 millones.

Si estaba cara cuando la compré es otro tema, pero yo sigo con la misma guita que entonces.

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:36 pm
por LJP
davinci escribió:ya que les gusta lo sintentico.. .. en 1997 valia 20,7 u$s .. hoy en 2017.. 20 años despues vale 20,60.. . :roll:

que capital tenia en 1997?

pq sino confundis precio con capitalizacion bursatil

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:33 pm
por davinci
hay que presionar a esta gente para que recompre... 8)

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:31 pm
por davinci
fabio escribió:Si no hay confrontación no sirve, perdóname, ni vos ni yo vamos a aprender ni abrir los ojos si solo intercambiamos opiniones con personas que piensen iguales , como en todos los órdenes de la vida para que no te lleven de las narices es necesaria la confrontación.

ya que les gusta lo sintentico.. .. en 1997 valia 20,7 u$s .. hoy en 2017.. 20 años despues vale 20,60.. . :roll:

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:27 pm
por LJP
Cristian5432 escribió:RG 400/2002 CNV

ARTÍCULO 11.- Las emisoras que decidan adquirir sus propias acciones en los términos del artículo 220, inciso 2º de la Ley Nº 19.550 o del artículo 68 de la Ley Nº 17.811, deberán adecuarse a las Normas y a las regulaciones operativas que al respecto dicten las entidades autorreguladas en que han de efectuarse las adquisiciones, respetando el principio del trato igualitario entre todos los accionistas y el derecho a la información plena de los inversores.

Dichas adquisiciones deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a) La decisión de adquirir deberá ser adoptada por el órgano de administración, con informe del órgano de fiscalización y, en su caso, del Comité de Auditoría, cumpliendo con los requisitos previstos en el inciso b) del artículo 68 de la Ley Nº 17.811.

b) Publicidad. La decisión deberá:

b.1) Informarse a la Comisión y a la(s) entidades autorregulada(s) en que las acciones se encuentren inscriptas, en los términos indicados en el Capítulo XXI "Transparencia en el Ámbito de la Oferta Pública", indicando los motivos de dicha decisión, y

b.2) Ser publicada de inmediato en el boletín informativo de tal(es) entidad(es) autorregulada(s) o en un diario de mayor circulación general en la República.

c) Las adquisiciones deberán efectuarse con ganancias líquidas y realizadas o reservas libres que resulten de los últimos estados contables aprobados por el órgano de administración a la fecha de adquisición y que se encuentren pendientes de distribución.

d) El órgano de administración de la sociedad deberá acreditar ante la Comisión que cuenta con la liquidez necesaria para efectuar la adquisición y que, en función del nivel de solvencia, la operatoria de la sociedad no se ve afectada.

e) El total de las acciones adquiridas y en cartera de la sociedad, en ningún caso podrá exceder el DIEZ POR CIENTO (10%) del capital social. En su caso, las acciones adquiridas en exceso de tales límites deberán ser enajenadas del modo previsto en el artículo 68 de la Ley Nº 17.811."


En cuanto a compra de acciones de IRSA, imposible que lo hicieran con recurso propio sin previa distribución de dividendos de esa misma subsidiaria, que a la vez estaba imposibilitada para ello por pérdidas acumuladas.

La unica opción de todas las posibles era la compra de acciones de IRSA desde CRESUD financiada con endeudamiento externo. Evidentemente se decidió no optar por esa posibilidad

El managment internamente en una reunion deslizo que si pedia autorizacion a cnv se podia. deberia entiendo estar justificado.

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:24 pm
por pepecora
Cristian5432 escribió:RG 400/2002 CNV



c) Las adquisiciones deberán efectuarse con ganancias líquidas y realizadas o reservas libres que resulten de los últimos estados contables aprobados por el órgano de administración a la fecha de adquisición y que se encuentren pendientes de distribución.

se van en pagos de consultoria, el cuento de la buena pipa

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:22 pm
por Cristian5432
LJP escribió:en casos extraordinarios entiendo que pueden hacer una excepcion pidiendo autorizacion a cnv.

cresud no necesitaba autorizacion para comprar irsa ni anuncio previo.

RG 400/2002 CNV

ARTÍCULO 11.- Las emisoras que decidan adquirir sus propias acciones en los términos del artículo 220, inciso 2º de la Ley Nº 19.550 o del artículo 68 de la Ley Nº 17.811, deberán adecuarse a las Normas y a las regulaciones operativas que al respecto dicten las entidades autorreguladas en que han de efectuarse las adquisiciones, respetando el principio del trato igualitario entre todos los accionistas y el derecho a la información plena de los inversores.

Dichas adquisiciones deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a) La decisión de adquirir deberá ser adoptada por el órgano de administración, con informe del órgano de fiscalización y, en su caso, del Comité de Auditoría, cumpliendo con los requisitos previstos en el inciso b) del artículo 68 de la Ley Nº 17.811.

b) Publicidad. La decisión deberá:

b.1) Informarse a la Comisión y a la(s) entidades autorregulada(s) en que las acciones se encuentren inscriptas, en los términos indicados en el Capítulo XXI "Transparencia en el Ámbito de la Oferta Pública", indicando los motivos de dicha decisión, y

b.2) Ser publicada de inmediato en el boletín informativo de tal(es) entidad(es) autorregulada(s) o en un diario de mayor circulación general en la República.

c) Las adquisiciones deberán efectuarse con ganancias líquidas y realizadas o reservas libres que resulten de los últimos estados contables aprobados por el órgano de administración a la fecha de adquisición y que se encuentren pendientes de distribución.

d) El órgano de administración de la sociedad deberá acreditar ante la Comisión que cuenta con la liquidez necesaria para efectuar la adquisición y que, en función del nivel de solvencia, la operatoria de la sociedad no se ve afectada.

e) El total de las acciones adquiridas y en cartera de la sociedad, en ningún caso podrá exceder el DIEZ POR CIENTO (10%) del capital social. En su caso, las acciones adquiridas en exceso de tales límites deberán ser enajenadas del modo previsto en el artículo 68 de la Ley Nº 17.811."


En cuanto a compra de acciones de IRSA, imposible que lo hicieran con recurso propio sin previa distribución de dividendos de esa misma subsidiaria, que a la vez estaba imposibilitada para ello por pérdidas acumuladas.

La unica opción de todas las posibles era la compra de acciones de IRSA desde CRESUD financiada con endeudamiento externo. Evidentemente se decidió no optar por esa posibilidad

Re: CRES Cresud

Publicado: Vie Oct 27, 2017 3:20 pm
por fonsecar
Si no revierte, día horrible para el trio Cresud/Irsa/Ircp