Re: TVPP TVPA TVPY Cupones Vinculados al PBI
Publicado: Jue Oct 20, 2011 1:27 pm
che hay elecciones? 

Foro Bursátil
https://foro.rava.com/foro3/
Taninga28 escribió: ajajajajaj !!!
atrevido escribió: ahi esta ese bobo sin cerebro propio sin darse cuenta que Apolo confunde pregunta con afirmacion..pobre pais si fuesemos todos idiotas como este taringa..chao...![]()
apolo1102 escribió:[
Afirmas, todo el tiempo afirmas boludeces.
ahorroarg escribió: Tenes que pagar ganancias e IVA por los honorarios. Ingresos Brutos en algunas provincias, no en CABA.
Si declaras por 4* categoría, los imputas en el momento que los tituos fueron puestos a tu disposición.
OJO con este artículo del decreto reglamentario de la ley de impuesto a las ganancias :
Cancelación de créditos
Transferencia de bienes
Art. 114 - Los beneficios obtenidos a raíz de la transferencia de bienes recibidos en cancelación de créditos originados por el ejercicio de las actividades comprendidas en los incisos f) y g) del artículo 79 de la ley, constituyen ganancias generadas indirectamente por el ejercicio de las mismas, comprendidas en el apartado 1) del ar-tículo 2º del referido texto legal, siempre que entre la fecha de adquisición y la de transferencia no hayan transcurrido más de DOS (2) años.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... texact.htm
apolo1102 escribió:[Afirmas, todo el tiempo afirmas boludeces.