udA escribió:Yo sigo entendiendo que el tenedor de acciones locales queda exento del impuesto, pero las dudas surgen cuando se trata de APBR, etc... La última vez que revisamos entre varios el nuevo acuerdo con Brasil en materia fiscal, casi que llegamos a un acuerdo, pero no... Está todo muy en el limbo, muy general, sin especificar, hay partes que dicen que no, otras que si, es un tema complicado.
Yo hasta donde puedo llegar a entender con mis limitaciones, APBR no pagaría, pero ni estoy seguro de nada, y a pesar de que mi contador me dice que no paga, yo tengo mis dudas.
NO APLICA PARA LA TENENCIA LOCAL...