Ramiro_Lucas escribió:Generalmente recomiendo que no usen caucion, que eso es para gente muy experta, y van a comer. Pero en este caso es super recomendable, siempre y cuando el monto que se toma como caución es exactamente igual a la renta que se va a recibir en efectivo por la tenencia de los cupones. De esta forma, al momento del pago, se obtiene todo el efectivo para cancelar la caución. Con esta "maniobra" el riesgo de caucionarse es nulo, y lo que se hace es adelantar la reinversión, asegurandose un "precio barato" para reinvertir.
Gracias Ramiro_Lucas, eso había entendido acá en el foro y que el vencimiento sea previo al cobro. Ahora, el agente de bolsa me ofrece giro en descubierto en lugar de caución y no encuentro info para sopesar la propuesta del agente de bolsa.