AUGUSTO escribió:OT: Para el que pueda responderme: Tengo un amigo con acciones clase B de Dist. de gas del Centro, y no sabe si los dividendos pagan ganancias o no; y si tiene que declararlas. Yo le dije que, en principio, sí; salvo que por ser empleado tenga algún tipo de exención. Si alguno me lo confirma, agradecido. Saludos y felices fiestas a todos.
DarGomJUNIN escribió: Los dividendos no están gravados por el impuesto a las ganancias, excepto cuando están integrados con utilidades que no han tributado ese impuesto en cabeza de la sociedad que los distribuya, con motivo de su tipificación societaria.![]()
Dentro de esa clasificación anterior, los dividendos distribuídos por una sociedad anónima resultan estar exentos.![]()
Darío de Junín
P.D. Debe incorporarlas en su declaración jurada anual del impuesto a las ganancias, dentro del rubro ganancias exentas.
Cierro el consultorio tributario. Como excepción, por ser hoy una festividad, lo he abierto. Me gusta más lo bursátil.
Darío de Junín