Rinno escribió:gancho al higado de los KK .....se les excuso el camarista Grecco por violencia moral ejercida sobre el por ambas partes ...

este era KK pura de ellos y es el que recibio el papel que llevaba el patrullero de kanibal ...
Bujan y Castiñeiras no saben que haceer estan reunidos ...truco de 2 ... ??? ..
Que sainete ...por Diooosss.
El fin de semana postée este fallo:
Si bien la Sala ha interpretado que el art. 15 de la ley 16.986, es claro en cuanto dispone que el recurso de apelación contra la sentencia dictada en el juicio de amparo deberá interponerse dentro de las "cuarenta y ocho horas" de notificada la resolución impugnada y que el plazo establecido en horas comienza a correr desde la hora en que se ha practicado la notificación y se computa hora a hora, es decir en forma continua (esta Sala, causa Nº 4503, del 4/2/96), lo cierto es que, en el caso -vencimiento del plazo en día hábil y hora inhábil- procede la presentación del escrito recursivo dentro de las dos primeras horas hábiles del día siguiente a aquél en que se produjo el vencimiento del plazo de 48 horas que establece el mencionado art. 15 de la ley 16.986 (art. 124 del C.P.C.C.N. de aplicación supletoria) en tanto éste operó en hora inhábil habida cuenta de la imposibilidad del recurrente de interponer la apelación después del horario judicial (7.30 a 13.30 horas) dada la inexistencia de Tribunales de guardia en este fuero (Sala II del fuero, in re "Paradela Máximo y otros c/ Ferrocarriles Arg. s/ queja", causa: 8.370/91, del 15/4/93).
Grecco, Gallegos Fedriani, Otero
Por todo ello, tanto la recepciòn de la apelaciòn por el Camarista que ahora se excusa, como lo que tendría que disponer si es que hubo presentaciones directas ante la Cámara pasando por sobre la jurisdicciòn de la Jueza Sarmiento, ( lo que por mi parte nunca ví en mi carrera como abogado) lo ponían en una situación muy delicada, pues tendría que fallar contra sus propios antecedentes y contra criterios procesales básicos.-