SINATRA escribió: ↑ Saliste a aguantar la resistencia con la cacerolita?
Como buen cristinista no entendes nada de lo que decis.
El Decreto es absolutamente constitucional.
Art. 96 inc 3ro.
Potestas del presidente delegada en la Carta Magna.
No derogo ni modifico leyes tributarias ni materias del derecho penal unico limite que tiene.
La misma Constitucion establece que debe hacer el Congreso ahora.
FIN.
Qué pasó con el protocolo anti movilización a la noche? Faltó monitoreo desde el centro de control me parece.
Te verdad ojalá todo se encamine para bien, pero no sé ya veo que se van a meter el protocolo bien adentro.