09ezemarq escribió:Según leí, lo que se planea gravar para las personas físicas (las jurídicas ya están pagando por todo tipo de incremento de capital) son los intereses de títulos públicos, esto excluye plazos fijos (guiño para los bancos para que la gente deje de comprar lebac y haga el viejo y querido plazo fijo, asi estos colocan las lebac con tu platita en plazo fijo y hacen su diferencia). En el 2016 cuando se habló de gravar las letras, con el revuelo que se armó el Banco central desactivó el problema definiendo las letras (LEBAC, LETES) como títulos públicos, quedando exentos). Si la reforma termina siendo como la plantearon hasta ahora lo que quedaría gravado son los intereses por títulos públicos, sea renta de bonos, intereses por letras, etcétera... Nadie deslizó, hasta ahora, que graven todo incremento de capital (algún buen trade con acciones por ejemplo), si llegara a ser asi me retiro de la bolsa
Nunca funcionará gravar títulos públicos, porque tendrían una ventaja monetaria
los que emita el Banco Provincia Buenos Aires, exentos por norma constitucional.
