another time escribió:Hay que ver como sale la ley de blanqueo y su reglamentación. Si se permitiera con los cedines, cancelar otras obligaciones en U$S. Eso no está claro. Y tiene que estar muy bien explicitado en la norma, sino...
art 765 nvo codigo civil: .........."si por el acto , por el que se ha constituido la obligacion , se estipulo dar moneda , que no sea de curso legal, la obligacion se considera como de dar cantidades de cosasy EL DEUDOR PODRA LIBERARSE, DANDO EL EQUIVALENTE EN MONEDA DE CURSO LEGAL.
o sea al TC oficial , lisa y llanamente
Ojaldre !!! a la trampa de cedines etc