Mensajepor VClicquot » Jue May 31, 2012 9:25 pm
"El derecho a la vida, a la libertad, a la
propiedad; la libertad de expresión , de reunión, de asociación, de trabajo,
no pueden ser sometidas a votación, no pueden depender del resultado de
una elección. Porque el verdadero propósito de la Declaración de Derechos
ha sido, precisamente, sustraer ciertas cuestiones fundamentales de la
controversia política, y colocarlas mas allá de las mayorías
circunstanciales". Esta es la síntesis de la Constitución de 1787-1791, de
Madison y Jefferson, la libertad civil como límite a la libertad política; los
principios, derechos y garantías como límite a la "Controversia política de
las cuestiones fundamentales" por las mayorías circunstanciales.